Los comercios deberán informar los precios electrónicamente en forma obligatoria
El Gobierno dispuso el Sistema electrónico de Publicidad de Precios Argentinos y la oficializó en el Boletín Oficial.
A través de la Disposición 9/2016, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del subsecretario de Comercio Interior, Javier Tizado, el Gobierno dio a conocer los datos que deberán suministrar los comercios involucrados en la normal.
La disposición complementa a la Resolución 12, del 12 de febrero, cuando se creó el SEPA, por el cual "todos los comercios que realicen venta minorista de consumo masivo, deberán informar en forma diaria para su difusión los precios de venta al público vigentes en cada punto de venta, de los productos que se determinen en la reglamentación".
Entre los datos que deberán aportar los comercios, especialmente los supermercados, figuran los datos del comercio, su número de CUIT, las "banderas que lo componen", el decir el nombre comercial o marca identificatoria, el listado de sucursales, detallando ubicación y horario de atención, y la lista de precios por producto que comercialicen.
Fuente: DyN