La Corte Suprema bonaerense anuló el polémico fallo que redujo la pena a un abusador por la orientación sexual de la víctima, dictado por los jueces Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués
La Justicia de la Provincia restableció la pena de 6 años de prisión a un hombre acusado de abusar sexualmente de un niño.
La Corte Suprema de justicia bonaerense restableció hoy la pena de 6 años de prisión contra un hombre acusado de abusar de un niño, beneficiado con una reducción de pena por los jueces de Casación Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués, quienes tras el caso renunciaron al cargo.
El máximo tribunal revocó el fallo de la Sala I de Casación al hacer lugar a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado contra la sentencia que el año pasado bajó de 6 a 3 años y 2 meses la pena contra Mario Tolosa, por abusar de un menor de edad en 2010.
El caso se inició en agosto de ese año, cuando el Tribunal en lo Criminal 3 de San Martín condenó a 6 años de prisión a Tolosa, que era vicepresidente del club Florida que funcionaba en el Club Loma de San Martín, por "abuso sexual gravemente ultrajante" contra el niño G.A.C.
Según el expediente Tolosa era entrenador del niño y "el día 6 de marzo de 2010, en horas de la tarde, lo llevó al baño del club, le bajó los pantalones y le introdujo una ramita de un árbol en la cola, y luego extrajo su pene y lo apoyó en el ano del niño, mientras le tapaba la boca a fin de silenciarlo, dado que el niño lloraba".
Tolosa fue preso, pero el fallo fue apelado y llegó a la Sala I de Casación, a cargo de Sal Llargués y Piombo.
Casi cuatro años después, el 2 de junio de 2014 los jueces Piombo y Sal Llargués rebajaron a 3 años y 2 meses la pena al considerar que el menor de edad había sufrido "abuso sexual simple" y no "abuso sexual gravemente ultrajante".
Los magistrados justificaron la reducción expresando que el niño tenía su "orientación sexual definida", entre otros puntos.
Cuatro días después de ese fallo Mario Tolosa, que estaba detenido desde el 9 de agosto de 2010 en la unidad penal 38 de Sierra Chica, fue excarcelado.
La polémica sentencia salió a la luz once meses después, en mayo de este año, cuando los fiscales de Casación Carlos Altuve y Jorge Roldán presentaron un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, que hoy aceptó la Corte Suprema.
Para el máximo tribunal bonaerense, Piombo y Sal Llargués hicieron una "desacertada valoración de la prueba" ya que "el cambio de calificación legal de abuso sexual gravemente ultrajante a abuso sexual simple constituye un desacierto de gravedad extrema que descalifica el pronunciamiento como acto jurisdiccional válido".
Respecto al fundamento de "la elección sexual del menor" para reducir la pena, la Corte Suprema consideró que "además de ser un garrafal desatino, es inhábil para fundamentar el cambio de calificación legal realizado".
La decisión de Piombo y Sal Llargués, ahora rechazada, fue duramente cuestionada desde distintos sectores de la sociedad.
A los pocos días la facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Sur (UNS), con sede en Bahía Blanca, decidió rescindir un contrato laboral con Sal Llargués, al igual que el Consejo de la Magistratura bonaerense, donde el juez desempeñaba una función administrativa.
Por su parte, Piombo fue expulsado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata y renunció a la Facultad de Ciencias Jurídicas de La Plata horas antes de que el Consejo Directivo tratara un pedido de juicio académico presentado por organizaciones estudiantiles.
Sin embargo, la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) votó una semana después la "destitución definitiva" de Piombo, dejándolo imposibilitado de poder volver a concursar por un cargo en un futuro o desempeñar cualquier función que dependa de esa casa de estudios.
En esa semana Piombo y Sal Llargués presentaron su renuncia al cargo en el Tribunal de Casación, dimisión que fue finalmente aceptada por el gobernador bonaerense, Daniel Scioli.
La renuncia de ambos hizo caer un jury que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados les inició en abril por "mal desempeño de sus funciones", tras reducir la condena a un pastor evangélico acusado de abusar de dos adolescentes en 2011.
Fuente: DyN
El máximo tribunal revocó el fallo de la Sala I de Casación al hacer lugar a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado contra la sentencia que el año pasado bajó de 6 a 3 años y 2 meses la pena contra Mario Tolosa, por abusar de un menor de edad en 2010.
El caso se inició en agosto de ese año, cuando el Tribunal en lo Criminal 3 de San Martín condenó a 6 años de prisión a Tolosa, que era vicepresidente del club Florida que funcionaba en el Club Loma de San Martín, por "abuso sexual gravemente ultrajante" contra el niño G.A.C.
Según el expediente Tolosa era entrenador del niño y "el día 6 de marzo de 2010, en horas de la tarde, lo llevó al baño del club, le bajó los pantalones y le introdujo una ramita de un árbol en la cola, y luego extrajo su pene y lo apoyó en el ano del niño, mientras le tapaba la boca a fin de silenciarlo, dado que el niño lloraba".
Tolosa fue preso, pero el fallo fue apelado y llegó a la Sala I de Casación, a cargo de Sal Llargués y Piombo.
Casi cuatro años después, el 2 de junio de 2014 los jueces Piombo y Sal Llargués rebajaron a 3 años y 2 meses la pena al considerar que el menor de edad había sufrido "abuso sexual simple" y no "abuso sexual gravemente ultrajante".
Los magistrados justificaron la reducción expresando que el niño tenía su "orientación sexual definida", entre otros puntos.
Cuatro días después de ese fallo Mario Tolosa, que estaba detenido desde el 9 de agosto de 2010 en la unidad penal 38 de Sierra Chica, fue excarcelado.
La polémica sentencia salió a la luz once meses después, en mayo de este año, cuando los fiscales de Casación Carlos Altuve y Jorge Roldán presentaron un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, que hoy aceptó la Corte Suprema.
Para el máximo tribunal bonaerense, Piombo y Sal Llargués hicieron una "desacertada valoración de la prueba" ya que "el cambio de calificación legal de abuso sexual gravemente ultrajante a abuso sexual simple constituye un desacierto de gravedad extrema que descalifica el pronunciamiento como acto jurisdiccional válido".
Respecto al fundamento de "la elección sexual del menor" para reducir la pena, la Corte Suprema consideró que "además de ser un garrafal desatino, es inhábil para fundamentar el cambio de calificación legal realizado".
La decisión de Piombo y Sal Llargués, ahora rechazada, fue duramente cuestionada desde distintos sectores de la sociedad.
A los pocos días la facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Sur (UNS), con sede en Bahía Blanca, decidió rescindir un contrato laboral con Sal Llargués, al igual que el Consejo de la Magistratura bonaerense, donde el juez desempeñaba una función administrativa.
Por su parte, Piombo fue expulsado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata y renunció a la Facultad de Ciencias Jurídicas de La Plata horas antes de que el Consejo Directivo tratara un pedido de juicio académico presentado por organizaciones estudiantiles.
Sin embargo, la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) votó una semana después la "destitución definitiva" de Piombo, dejándolo imposibilitado de poder volver a concursar por un cargo en un futuro o desempeñar cualquier función que dependa de esa casa de estudios.
En esa semana Piombo y Sal Llargués presentaron su renuncia al cargo en el Tribunal de Casación, dimisión que fue finalmente aceptada por el gobernador bonaerense, Daniel Scioli.
La renuncia de ambos hizo caer un jury que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados les inició en abril por "mal desempeño de sus funciones", tras reducir la condena a un pastor evangélico acusado de abusar de dos adolescentes en 2011.
Fuente: DyN