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Una condena que es una lección

Franco Morata ha sido condenado por su irresponsable acción de atropellar y abandonar a Nicolás Sánchez. También es un delito que el Estado no controle el tránsito para evitar esos hechos.

Hay que destacar, sin dudas, que por primera vez en Córdoba alguien es condenado por el delito de lesiones culposas en un accidente grave de tránsito con una pena de prisión efectiva. Es un paso elogiable en la jurisprudencia. Otra vez, la Justicia provincial parece señalar un camino a sus pares nacionales.

Otra cosa que importa en una sociedad transgresora de la ley, como la nuestra, es que hubo un juicio en el que tanto el acusado como la familia querellante pudieron exponer sus argumentos y, finalmente, una jueza –en una fundada resolución– se pronunció.

También importan otras cosas, algunas de ellas de índole estrictamente moral. No existe, en efecto, el delito de cobardía, al menos en sentido estricto. Existe el delito de traición a la patria, que en algunas legislaciones es castigado con severidad. Pero el delito de cobardía es más complejo, más elusivo, más difícil de discernir y determinar.

Un ciudadano que con su auto, conducido a alta velocidad, atropella a otro ciudadano y después huye y se esconde, sin asumir las responsabilidades del acto cometido, es evidentemente un cobarde, además de ser el autor de un delito.

Seguramente, Franco Morata, entonces de 24 años, no tenía la intención de atropellar a Nicolás Sánchez, un brillante estudiante de Medicina, cuando en esa madrugada de mayo de 2008 conducía su automóvil a alta velocidad.

Fue un cobarde porque no detuvo el vehículo para ver qué había sucedido y esperar a que llegara la ambulancia y la Policía. Y no se presentó al día siguiente a una seccional policial para dar explicaciones y ponerse a disposición de la autoridad. Tampoco sus familiares lo indujeron a asumir esa actitud.

Morata decidió huir, esconderse y eludir la acción de la Justicia, hasta que finalmente fue detenido y posteriormente procesado.

El daño ocasionado a Nicolás Sánchez excede la denominación común del delito de "lesiones culposas agravadas", ya que el joven sufre una incapacidad irreversible; es decir, de por vida.

En ese sentido, la pena es leve, casi irrelevante, pero no puede ir más allá de lo que dice la ley, si es que se quiere vivir en un Estado de derecho.

Pero también es importante señalar otra responsabilidad mayúscula: la del Estado, en la figura de la Municipalidad de Córdoba, que ha hecho poco en materia de ordenamiento y control del tránsito en una ciudad en la que la mayoría de los accidentes en la calle se producen, precisamente, por la inexistencia de ese control.

El tránsito, junto al desplazarse por una calle, es el primer acto de socialización de un individuo apenas deja su hogar. Ahí es donde cabe al Estado la responsabilidad de exigir a los automovilistas el cumplimiento de la ley, para evitar que casos como el de Morata se repitan a diario.