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Un fallo declara inconstitucional el aumento otorgado en marzo a los jubilados

La Sala III de la Cámara de la Seguridad Social ordenó que se aplique la fórmula de movilidad anterior.

La Justicia declaró inconstitucional el aumento del 5,71% que recibieron los jubilados en marzo pasado de acuerdo a la nueva ley de movilidad, al tiempo que ordenó que se aplique la fórmula de movilidad anterior, que se calculó en el 14,5%, ya que las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiva.

Así lo resolvió la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social, porque la nueva ley de movilidad fue aprobada por el Congreso el 29 de diciembre de 2017 y los jubilados recibieron en marzo el 5,71% que corresponde a la evolución del 70% de inflación y 30% de los salarios del III Trimestre de 2017 cuando debieron recibir la movilidad de la ley anterior de julio hasta el dia de la sanción de la nueva ley.

En cambio, los camaristas declararon constitucional el cambio de la fórmula de movilidad pero aclarando que debe aplicarse hacia delante y no hacia atrás, contó Ismael Bermúdez en Chiche 2018.

Se descuenta que la ANSeS apelará a la Corte este nuevo fallo de la Cámara que sienta doctrina para millones de jubilados y pensionados y beneficiarios de prestaciones sociales.