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Un Cromañón y medio de víctimas en calles y rutas

Por Gustavo Martín* La solución no va a venir de la mano de un incremento de penas ni del olvido de las enseñanzas de los grandes autores del Derecho Penal, como una errónea mano dura.

Los acontecimientos viales de los últimos días nuevamente ponen sobre el tapete la situación de inseguridad que se padece en las calles y rutas de Argentina.

Evidencia que no se trata de un pico ocasional; se ve a diario en los informes de La Voz del Interior, que muestran que en lo que va del año se han superado las 300 víctimas fatales (más de un Cromañón y medio) por accidentes de tránsito, sólo en la provincia de Córdoba, sin que se despierte del letargo que une a los "pobre chica" de hoy con el próximo "pobre chica", sin atacar la génesis del problema.

Se ha buscado la respuesta (tal vez oportunista) por la vía legislativa, sea por medio de la sanción de la ley 25.189, incrementando las penas por homicidios y lesiones culposas (ley llamada "engañosamente tranquilizadora" por la diputada María Araceli Carmona), sea mediante la creación de nuevas figuras penales (el artículo 193 bis, que eleva a la categoría de delito a las llamadas picadas).

La razón por la que se llamó así a aquella ley viene de la afirmación de Beccaria (1738-1794), que dijo que no es la gran cantidad de pena sino su inexorabilidad lo que va a ejercer la coerción psicológica para que la persona no delinca. O, dicho de otro modo, será saber que efectivamente se va a sufrir una pena, aunque sea suave y no una enorme de la que se puede "zafar", lo que convenza de no cometer hechos inadecuados.

Tampoco la última ley logró su objetivo declarado de "desalentar la comisión de estos hechos que ya se han cobrado la vida de miles de argentinos", como se ha visto. También judicialmente se intentó transformar en dolo eventual (en algunos casos, con la finalidad de meter a alguien en la cárcel) lo que es culposo, como son los accidentes de tránsito. No debe olvidarse que los que corren picadas no salen a buscar a una persona para matar.

Quizá sea oportuno recordar que para que un hecho sea considerado cometido con dolo eventual debe haber sido precedido por una representación por parte del autor del posible resultado dañoso y, ante ésta, un menosprecio de esa posibilidad (algo así como manifestar "bueno, que pase"), lo que refleja una intención de asumir para sí esa posibilidad y muy distinto de su sola existencia o efectiva representación, que sustenta la culpa consciente.

La solución no va a venir por incrementar penas ni por olvidar las enseñanzas de los grandes autores del Derecho Penal como una errónea mano dura. Será el camino correcto el de la cabal aplicación de la ley (y allí sí la tolerancia cero) y, principalmente, de la concientización y formación cívica que eviten la reiteración de hechos como los vividos, logrando de los futuros conductores la adecuada valoración de la vida humana, que no es de otra cosa de lo que se trata.

Tampoco debe olvidarse –respecto del caso de la joven Mariana Ellena, atropellada y abandonada en las calles de Córdoba– que quien presta el auto a alguien que no tiene permitido conducir no comete sólo una falta administrativa, sino que habilita la comisión de un delito.

Tiene que haber una manera de que se comprenda que las más de 300 muertes son de personas que dejan un agujero importante en sus familias y entornos y que las repercusiones son gravísimas en la vida de los delincuentes. Baste para entender esto último lo dicho por el padre del chico que manejaba y leer la carta de la tía de la joven fallecida. Si así se hace, se habrá dado el primer paso para evitar futuros "pobre chica".