Sociedad
Todos los detalles del decreto de la suma fija: montos, trabajadores incluidos y el futuro de las paritarias
La medida será oficializada en el Boletín Oficial en las próximas horas. La misma forma parte de la batería de medidas que anunció Sergio Massa para compensar el impacto de la devaluación.
En las próximas horas, el Gobierno nacional oficializará el decreto que oficializa la suma fija de $60.000 para los empleados públicos y privados. Se pagará en dos cuotas de $30.000 que se percibirán en septiembre y en octubre.
El bono está dentro del paquete de medidas que efectuó el ministro de Economía, Sergio Massa, luego de la devaluación dispuesta el lunes después de las PASO.
El decreto, al que accedió TN, tiene los detalles de la implementación del bono y establece a quiénes está destinado, cuáles son los montos, cómo se pagará y qué pasará con las paritarias. La disposición cuenta con 22 artículos y lleva la firma de Alberto Fernández y todos los ministros del Gabinete.
Aquí, todos los detalles sobre la suma fija que se oficializará en las próximas horas:
- Establécese una asignación no remunerativa para los trabajadores y las trabajadoras que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado, que ascenderá a la suma de $60.000, que será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de $30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.
- Establécese una asignación no remunerativa para los trabajadores y las trabajadoras en actividad que cumplen tareas en relación de dependencia en las Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo Nacional de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional que ascenderá a la suma de $60.000, que será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de $30.000 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.
- Establécese una asignación no remunerativa para los trabajadores y las trabajadoras del “Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, que ascenderá a la suma de $25.000 y será abonada por los sujetos empleadores en dos cuotas de $12.500 con los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.
- Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, los trabajadores y las trabajadoras percibirán la asignación no remunerativa en forma proporcional, de acuerdo a los mecanismos de liquidación previstos en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en las leyes que les resulten aplicables de acuerdo a su modalidad de contratación.
- La asignación no remunerativa se aplicará a los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, inferiores a $400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional.
- El monto mensual de la asignación no remunerativa será equivalente a: 1) $30.000 para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, menores o iguales a $370.000. 2) La diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $370.000 correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023 para los trabajadores y las trabajadoras que perciben salarios netos mayores al último monto mencionado, pero menores a $400.000. Cuando la prestación de servicios del trabajador o de la trabajadora fuere inferior a la jornada legal o convencional, los montos mencionados en el presente artículo serán expresados en forma proporcional a la jornada trabajada.
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