Temporal en La Plata: el juez Arias insiste - "Hay más víctimas que las 52 del listado oficial"
El magistrado en lo Contencioso Administrativo de La Plata aseguró que la inundación ocurrida hace un mes dejó otras muertes que no fueron investigadas
El juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata, Luis Arias, reiteró hoy que "existen más víctimas fatales" por el temporal que las declaradas por el gobierno provincial y señaló que al inicio de la investigación detectó "cinco decesos más" que los incluidos en la lista oficial.
Arias, que hoy volvió a tramitar causas por irregularidades en la confección de los certificados de defunción de las víctimas del temporal, se opuso "al cierre del listado oficial" y aseguró que "hay más casos para investigar".
"Entre el día del temporal y el 10 de abril fallecieron en La Plata unas 300 personas, pero los decesos continúan porque hace pocos días se dio a conocer el fallecimiento de una persona que había quedado en estado de coma, el 2 de abril, tras permanecer varias horas en un auto, rodeado de agua", aseguró Arias.
El juez señaló que en el período investigado "hay un gran número de muertes causadas por neumonía" y que "hay que ver cuántas de estas se debieron a la inundación".
Arias también mencionó que "hay un número de suicidios que excede la media" y apuntó que se debe "estudiar qué relación tienen con la catástrofe".
Desde hoy, la investigación sobre las causas de muertes ocurridas durante el temporal del 2 de abril en La Plata volvió a tramitarse en el juzgado a cargo de Arias.
El magistrado había sido inhabilitado para intervenir en el relevamiento de muertos por la inundación luego de que la Suprema Corte de Justicia ratificara que la primera causa iniciada por Arias era de competencia contencioso-administrativa, aunque por sorteo le correspondió al juzgado 2, a cargo de Ana Logar.
Arias explicó en un comunicado que las causas de la Defensoría Oficial de Responsabilidad Juvenil números 27.012, s/ Diligencia Preliminar, y 27.020, "s/ Habeas Data", iniciadas en el Juzgado en el contencioso Administrativo 1 y derivadas luego al 2, "vuelven a tramitar" en las dependencias a su cargo.
Según Arias, las causas iniciadas en los distintos juzgados del fuero contencioso se acumulan en la sede judicial que encabeza "de acuerdo al Principio de Prevención estipulado en el artículo 189 del Código Procesal, Civil y Comercial".