Sin condena justa, no hay justicia
Por Matías Bagnato. Una propuesta que sería interesante pueda ser tratada por nuestros legisladores es la conocida PRISION PERMANENTE REVISABLE que se aplica en varios país del mundo.
Hace años que se generan debates en los medios de comunicación donde periodistas, legisladores y políticos al conocer las condenas sobre algún caso policial que se vuelve mediático, discuten sobre si son justas o no las penas impuestas a los condenados por los delitos cometidos, si hay que cambiar las leyes o no y finalmente surge la misma pregunta, si hay o no que aumentar las penas en nuestro país, hasta que nos olvidamos y vuelve el debate ante un nuevo caso que tapa al anterior y así vivimos postergando estos temas importantes transformándonos en una sociedad espasmódica.
La respuesta concluyente de dichos debates generalmente es siempre la misma, aumentar las penas no sirve para mitigar el delito y no soluciona el problema, y puede que así lo sea, pero resulta que en esta respuesta nadie piensa que las penas tienen un doble propósito, tanto para el victimario pero también para la parte olvidada que es la víctima, quien espera de dicha pena obtener justicia para poder elaborar un duelo en paz.
En nuestro país, al día de hoy, matar una persona o diez es exactamente lo mismo, como así tampoco existe una pena diferente para los violadores reincidentes, asesinos múltiples o psicópatas, en todos estos casos hablamos de penas que tienen una fecha límite aun así cuando al finalizar sus condenas no estén en condiciones de resocialización y sean un gran peligro para la sociedad, estas condenas, en la actualidad, son mal llamadas en nuestro país bajo el nombre de ¨PERPETUA¨, entonces no hay ninguna duda que las penas impuestas en nuestro país no son acordes al delito cometido y que en la gran mayoría de los casos son un motivo más de re victimización de las victimas generando la sensación de falta de justicia y que la misma vuelve a matar a sus seres queridos con su accionar, ya que le dolor de las víctimas es perpetuo.
Una propuesta que sería interesante pueda ser tratada por nuestros legisladores es la conocida PRISION PERMANENTE REVISABLE que se aplica en varios país del mundo (España, Italia, Alemania, Austria, Luxemburgo, Bélgica, Holanda).
Toda vez que se excarcela a condenados por delitos gravísimos, se alega que en nuestro corpus jurídico las penas de prisión son temporales –es decir, fijan una fecha de excarcelación-. Ésta se cumple cursando un régimen progresivo de la pena orientado a que, presuntamente, se cumplan los objetivos de reinserción social. Pero las razones aducidas encierran una incongruencia: si la excarcelación depende del cumplimiento de objetivos, la pena no puede ser temporal, ya que con ésta se fija una fecha arbitraria mediante la cual la ciencia del Derecho ejerce una futurología acientífica (que en tal o cual fecha, el penado se habrá reinsertado), colisionando con el cumplimiento de los objetivos como criterio de excarcelación.
La prisión permanente revisable seria la máxima pena privativa de la libertad que como su propio nombre indica, es una pena de cárcel, en principio por tiempo indefinido, sujeta a revisiones que pueden servir para que el condenado recupere la libertad y a su vez con el objetivo de impedir que los delincuentes más peligrosos que no han demostrado capacidad de reinserción puedan volver a la sociedad, poniendo en peligro la seguridad de las personas.
El razonamiento para superar el “test de constitucionalidad” es tan simple como eficaz: al ser la pena susceptible de revisión, su objetivo resocializador no se vería alterado si cada cierto período de tiempo se pudiese valorar la situación del recluso y, en caso de estar en condiciones para vivir en libertad, limitar la condena a una duración determinada o directamente otorgarle la libertad condicional. Dado que cada tanto la pena es revisada puede suspenderse. Y al ser una pena revisable, se garantiza la compatibilidad de la rehabilitación del reo con su reinserción social y, por tanto, con el cumplimiento de los preceptos constitucionales.
Hoy en Argentina, gracias a las penas que tenemos, en muchos casos matar resulto gratis ya que vemos continuamente condenas que no son acordes a los delitos cometidos.
Llego el momento de que nuestros legisladores, ya que terminaron las campañas y pueden dedicar su tiempo a trabajar para el pueblo que los vota, cumplan con su trabajo y traten estos temas con la seriedad y urgencia que merecen y no es un tema de mano dura o de ser facho o no y menos aún de que los familiares de víctimas hablamos o pedimos esto desde el dolor , terminemos con la hipocresía y de hablar tan livianamente de este tema , que sin dudas es muy fácil cuando el dolor es ajeno y no se vive en carne propia lo que es el sufrimiento y ausencia perpetua q se siente cuando te asesinan a un ser querido .
Sin condenas justas, no hay justicia. Y sin justicia no hay República.
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