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Se firmó el Protocolo de Montevideo

Los presidentes del Mercosur firmaron el Protocolo de Montevideo en el cual afirman "el compromiso con la promoción, defensa y protección del orden democrático".

Los presidentes del Mercosur firmaron el Protocolo de Montevideo en el cual afirman que "el compromiso con la promoción, defensa y protección del orden democrático, del estado de derecho y sus instituciones, de los derechos humanos y las libertades fundamentales" son "condiciones esenciales e indispensables" para la participación de los países miembros del bloque.

El Protocolo de Montevideo dice que "se aplicará en caso de ruptura o amenaza de ruptura del orden democrático, de una violación del orden constitucional o de cualquier situación que ponga en riesgo el legítimo ejercicio del poder y la vigencia de los valores y principios democráticos".

"Cuando se produzca alguna de las situaciones indicadas en el artículo anterior,  los Presidentes de las Partes o, en su defecto, los Ministros de Relaciones Exteriores se reunirán en sesión extraordinaria ampliada del Consejo del Mercado Común, a solicitud de la Parte afectada o de cualquier otra Parte. Dicha reunión se realizará en el territorio de la Parte en ejercicio de la Presidencia Pro Tempore".

Además establece que "cuando el gobierno constitucional de una Parte considere que está ocurriendo  en su jurisdicción, alguna de las situaciones indicadas en el artículo 1 podrá solicitar a los Presidentes de las Partes o, en su defecto, a los Ministros de Relaciones Exteriores en sesión ampliada del Consejo del Mercado Común, a través de la Presidencia Pro Tempore, colaboración para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática".

También fija que "en caso de ruptura del régimen democrático" se podrá "cerrar de forma total o parcial las fronteras terrestres. Suspender o limitar el comercio, tráfico aéreo y marítimo, las comunicaciones y la provisión de energía, servicios y suministros".

Además se autoriza a "suspender los derechos y beneficios emergentes del Tratado de Asunción y sus Protocolos, y de los Acuerdos de integración celebrados entre las Partes, según corresponda".

El Protocolo puede promover "ante terceros países o grupos de países la suspensión a la parte afectada de derechos y/o beneficios derivados de los acuerdos de cooperación de los que fuera parte" y también permite "adoptar sanciones políticas y diplomáticas adicionales".

Además establece que el "presente Protocolo es parte integrante del Tratado de Asunción y de los respectivos Acuerdos de integración celebrados entre el Mercosur y sus Estados Asociados".