Se amplía el listado de enfermedades laborales
Por decreto, las dolencias relacionadas con la presión y la mala posición entran al Listado de Enfermedades Profesionales.
A través de un decreto, el Gobierno estableció un nuevo listado de enfermedades que deberán ser consideradas como laborales. Entre ellas se encuentran la presión y las afectaciones relacionadas con la mala posición, por ejemplo.
De esta manera, las enfermedades que se incorporarán al Listado de Enfermedades Profesionales (aprobado en 1996) son las relacionadas con: el aumento de la presión intraabdominal, la suba de la presión venosa en miembros inferiores; la carga, posiciones forzadas y gestos repetitivos de la columna vertebral lumbosacra.
Así, el empleado que posea alguna de éstas afectaciones y desarrolle un trabajo de jornada completa durante tres años o más, podrá considerarla una enfermedad laboral.
La condición en todos los casos es: "que el empleado lleve tres años cumplidos en forma continua o discontinua mediante el desempeño en jornada habitual completa definida legal o convencionalmente".
Además, se deberá comprobar si dichas enfermedades son consecuencia directa del trabajo que el empleado realiza.