Reclamos sectoriales e interés social
* Juan Carlos Palmero. Hay diversos intentos de sustituir el facto por la ley, que van modificando la vigencia de un verdadero Estado de derecho por la imposición del "derecho de la fuerza".
El domingo 3 de abril, a primera hora de la mañana, un grupo de vendedores de diarios impidió por la fuerza la salida y distribución de los diarios La Voz del Interior y Día a Día , publicados por la misma editorial. Los hechos ocurridos en el portón de ingreso a la empresa periodística merecen algunas reflexiones que permitan apreciar en su justa medida las consecuencias que de ellos se infieren, tanto para la compañía como para la sociedad en su conjunto, y la preservación de las garantías constitucionales.
En primer lugar, mediante una valoración objetiva y desapasionada, a través de una simple observación de los hechos, se advierte fácilmente que no se debe confundir lo sucedido con una cuestión originada en una relación comercial; tampoco es un hecho aislado o separado del contexto general del país. Y, por último, en razón de la gravedad de los hechos, éstos merecen un juzgamiento a la luz de los derechos y garantías de la Constitución Nacional.
Sólo esta triple perspectiva permitirá arrojar conclusiones ciertas y valederas respecto de la importancia que debe asignársele, dentro de la "calidad institucional" que nos debemos y de las formas civilizadas de convivencia que aspiramos para todos los ciudadanos.
Una mirada rápida o superficial podría asimilarlos a protestas desbordadas, provocadas por una demanda insatisfecha. Sin embargo, esto constituiría un error, dado que este supuesto no configura los presupuestos esenciales de un típico conflicto de esta naturaleza, que requiere la presencia de intereses contradictorios, en el sentido de que la ventaja de uno constituye la pérdida o el perjuicio del otro.
En este caso, por el contrario, tanto la empresa como los vendedores se encuentran vinculados en torno de un "interés convergente", ya que a ambos les conviene que los diarios se repartan temprano y de la forma más eficiente posible, circunstancias que por sí mismas hacen desaparecer las bases dialécticas de cualquier conflicto de estas características.
Pero, además, aun cuando no se compartiera esta visión, lo cierto es que se trató, evidentemente, de una reacción inorgánica, dado que no tuvo ni respetó el recorrido que jurisdiccionalmente corresponde; esto es: petición ante la empresa para abrir un proceso de negociación; frente al fracaso de esta instancia, intervención de los organismos administrativos de contralor y, por fin, si todo esto perdura, entonces queda el último recurso de los ciudadanos, que es el de concurrir a la Justicia y/o el ejercicio del derecho de protesta legal, que no guarda semejanza alguna con lo que se viera en las imágenes de los medios masivos de comunicación.
Nada de todo esto ocurrió, circunstancias que nos permiten concluir que resulta difícil entenderlo o catalogarlo dentro de los parámetros y alcances de una contienda derivada de una vinculación comercial normal y corriente.
Contexto nacional. En otro sentido, no es factible analizar estos hechos fuera de lo que sucede dentro de un contexto nacional y de otros estados provinciales, donde el ejercicio de acciones de hecho efectuadas a través de presiones, violencia de la más diversa índole, ocupaciones de propiedades ajenas, abierta y ostensible desobediencia a las decisiones judiciales, interferencia entre jurisdicciones autónomas y cuanta otra manera de sustituir el facto por la ley, van modificando la vigencia de un verdadero Estado de derecho por la imposición del "derecho de la fuerza", que torna inmediato cualquier reclamo detrás de acciones directas y mediante imposiciones coercitivas injustificadas, cuando no francamente delictivas.
Los países, como los hombres, construyen hábitos, que en algunos casos pueden ser virtuosos y en otros, en cambio, perniciosos. Hábitos que por otra parte, y en relación con su eficacia, producen un "efecto contagio" o de pedagogía social que a la postre termina contaminando a los más diversos grupos o estamentos de un determinado país a través del desencadenamiento de una sinergia negativa y decadente.
Fueron necesarios casi 50 años para que lográramos comprender como pueblo la imposibilidad de obtener la construcción del poder político sin que sus representantes fueran elegidos por la soberanía popular, expresada en el sufragio universal y secreto a través de elecciones limpias y celebradas conforme a derecho. Claro que esta legitimidad constituye una condición necesaria pero no suficiente, pues precisa, además, de la plena vigencia de las virtudes republicanas, sin las cuales no es factible organizar ninguna comunidad de manera pacífica y civilizada.
Y es precisamente la República la que requiere el absoluto respeto de la división de los poderes del Estado y, al mismo tiempo, la sumisión total e incondicionada a las exigencias de la ley, tanto del Gobierno considerado en sus diversas manifestaciones como de todos y cada uno de los ciudadanos, sin lo cual no es posible consolidar la democracia, la justicia o la paz.
Una democracia sin república es lo mismo que una dictadura con legitimidad de origen pero que, a la postre, duele y provoca las mismas fracturas o lesiones que los sistemas totalitarios, que tanto padecimos en los tiempos pasados.
La historia ha demostrado de manera axiomática, y a punto de considerarse una verdad universal, que cuando se introduce la violencia o se practica el ejercicio de la fuerza a través de todas las modalidades conocidas, ese pueblo se aleja de modo paulatino de sus normas y, como una espiral desbocada, marcha indefectiblemente hacia el imperio de la fuerza, que en definitiva implica la ley del Talión, situación que de ninguna manera queremos para nuestra patria.
Golpe a la República. Por último, aunque desde una visión desprevenida sería factible acordarle un significado anecdótico o trivial, lo cierto es que mediante el ejercicio de comportamientos de facto se ha impedido la distribución de la tirada de un importante periódico de nuestra provincia. Pero al mismo tiempo, y en igual dimensión, se han cercenado garantías constitucionales tales como la del derecho a trabajar, el ejercicio de la industria lícita y la libertad de prensa, todos valores expresamente reconocidos en nuestra Constitución Nacional.
Si se comparte esta apreciación de que no se trató de un conflicto laboral o comercial, ni sólo de un hecho aislado o individual y, por último, que lesiona en forma abierta garantías constitucionales expresas, entonces la conclusión no puede ser otra que la de que estamos en presencia de un acontecimiento de gravedad institucional, que afecta a La Voz del Interior, pero también a la plena vigencia de la República.
Todo ello merece ponerse de relieve y sensibilizar a la opinión pública en general, para que salga en defensa de nuestra cultura cívica y de los hábitos republicanos de vida, que tan sabiamente se encuentran explicitados en la ley suprema de la Nación.