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¿Qué implica que la Corte Suprema haya ratificado la constitucionalidad de la reincidencia?

El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez aseguró que "no se violan los decretos de los derechos humanos".

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la constitucionalidad de la figura de la reincidencia prevista en el Código Penal para quien comete más de un delito y de esta manera terminó con las discusiones técnicas y políticas sobre el tema.

Se declara reincidente a quien, habiendo antes cumplido una condena de prisión efectiva, comete luego un nuevo delito. Se trata de una de las principales polémicas en torno a la redacción del nuevo Código Penal.

El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez se manifestó a favor de la decisión de la Corte Suprema y aseguró: "Lo que hacen es remitirse al dictamen de la Procuración, que a su vez se remite a varios antecedentes de la Corte donde se sostiene esta postura de constitucionalidad y adecuación a los tratados sobre los derechos humanos".

En diálogo con el programa "Hola Chiche", el letrado indicó que el fallo de la Corte "no es novedoso" ya que sigue "con la postura que viene mostrado dentro de su línea".

"Lo que dice la Corte es que establecer la reincidencia o no es una cuestión de política legislativa. El legislador puede optar por utilizarla o no. Se puede aplicar porque no es inconstitucional ni viola los tratados por derechos humanos", amplió.

Sobre su opinión personal al respecto, dijo: "Para mí, en la medida en la que se aplique el Registro Nacional de la Reincidencia es constitucional. Desde una concepción liberal y penal, aquella persona que comete un delito asume la pena que le corresponde y las consecuencias penales".