Punto para Schoklender: procesamiento nulo y además apartaron a Oyarbide
La investigación sobre irregularidades en la administración del programa "Sueños Compartidos" fue revocada por la Sala I de la Cámara Federal.
La Sala I de la Cámara Federal decretó hoy la nulidad de los procesamientos contra los hermanos Sergio y Pablo Schoklender y demás acusados en la causa por el desvío de fondos de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, y apartó de la investigación al juez Norberto Oyarbide.
Con duros cuestionamientos hacia Oyarbide por las "imputaciones genéricas" y la "falta de precisión" en las acusaciones a las personas involucradas, los jueces Eduardo Farah y Jorge Ballestero declararon también nulas las citaciones a indagatoria.
Además, resolvió que la causa ahora quede a cargo del juez Marcelo Martínez de Giorgi, quien venía investigando otro tramo del caso dirigido a los funcionarios públicos por los subsidios estatales que recibía la Fundación Madres de Plaza de Mayo para realizar viviendas sociales.
La causa se inició el 2 de junio de 2011 a partir de presentaciones tardías de la Unidad de Información Financiera (UIF) y luego del alejamiento de los Schoklender de la Fundación en medio de un duro enfrentamiento con su titular, Hebe de Bonafini.
Los Schoklender habían sido procesados por defraudación y asociación ilícita a raíz de la participación que les otorgó Oyarbide: incluso estuvieron detenidos por varios días en dos ocasiones distintas porque el magistrado consideró que obstaculizaban la investigación, aunque en sendas oportunidades la misma Sala I los liberó por falta de fundamentación.
Las críticas de la Cámara, superior jerárquica de Oyarbide, es porque el magistrado no precisó "cuáles son los hechos atribuidos" ni tampoco individualizó a "cada uno de los actos de desvío que integrarían la defraudación por administración fraudulenta de la que habrían participado los encausados".
En ese sentido, consideraron que hubo una "indeterminación" de los hechos en la acusación del juez, la que fue "por demás genérica", pues no precisó "circunstancias de modo, tiempo y lugar en que habrían" ocurrido.
"Se trata de una descripción genérica de la que sólo se desprende que existiría una suma de dinero -no determinada aquí- proveniente del Estado, que tenía una afectación específica -la construcción de viviendas-, y que egresó del ámbito de la Fundación habiendo beneficiado, en algunos casos, a los apoderados de aquélla -a quienes tampoco se mencionó", reprochó a Oyarbide el tribunal.
Siguiendo con los cuestionamientos, advirtieron que "tal relato exigía la debida precisión de cada uno de los actos de desvío referenciados, detallándose expresamente cada una de las operaciones que se habrían traducido en un perjuicio al Estado", aunque "esa información permanece ausente".
Entre otros reproches hacia Oyarbide, el tribunal remarcó que el juez en su investigación no determinó "cuánto dinero habría recibido la Fundación, qué parte del mismo habría sido desviado", ni tampoco sobre "cuál ha sido su destino final", al tiempo que "no constan los nombres de la totalidad de las personas que habrían formado parte de la asociación ilícita".
La decisión de la Cámara implicó anular los procesamientos de los Schoklender y del contador Alejandro Abraham Gotkin (los tres estuvieron presos y fueron acusados de asociación ilícita y defraudación); el del piloto aéreo Gustavo Serventich y otras más de 60 personas.
"No puede soslayarse que la deficiente o incompleta descripción de la imputación repercute directamente sobre los actos procesales subsiguientes que se registran en el sumario, pues impide verificar el respeto del principio de congruencia que exige una necesaria correlación entre el hecho narrado en la indagatoria y aquel contenido en el procesamiento" que, a su vez, será el mismo de la eventual acusación y sentencia", concluyó la Cámara.
De la investigación de Oyarbide "no se observa aún el detalle de las supuestas operaciones de desvío, fechas ni montos específicos", sino que "por el contrario, el relato se evidencia por demás impreciso e incluye varias alternativas posibles: empresas o financieras, cobro personal o de terceros, evasión impositiva o beneficio económico".
"Tampoco se ha precisado cuánto dinero habría recibido la Fundación, qué parte del mismo habría sido desviado ni se ha especificado cuál ha sido su destino final, sino que sólo se han descripto, genéricamente, diversas maniobras. No se individualizaron los terrenos o propiedades supuestamente adquiridos, ni las empresas o financieras que habrían recibido depósitos", concluyeron.
En otra resolución también firmado por la Sala I, los jueces resolvieron acumular la investigación contra los Schoklender en otra que viene tramitando el juez Martínez de Giorgi y que apunta a los funcionarios públicos, por los subsidios que recibía la Fundación Madres de Plaza de Mayo y que tuvieron otros fines al de construcción de viviendas.
"La pesquisa llevada a cabo en este sumario de ningún modo puede escindirse de la investigación tendiente a determinar la posible responsabilidad de los funcionarios públicos que intervinieron en las correspondientes contrataciones y que debían controlar la ejecución de las obras encomendadas a la Fundación", razonó la Cámara.
Con duros cuestionamientos hacia Oyarbide por las "imputaciones genéricas" y la "falta de precisión" en las acusaciones a las personas involucradas, los jueces Eduardo Farah y Jorge Ballestero declararon también nulas las citaciones a indagatoria.
Además, resolvió que la causa ahora quede a cargo del juez Marcelo Martínez de Giorgi, quien venía investigando otro tramo del caso dirigido a los funcionarios públicos por los subsidios estatales que recibía la Fundación Madres de Plaza de Mayo para realizar viviendas sociales.
La causa se inició el 2 de junio de 2011 a partir de presentaciones tardías de la Unidad de Información Financiera (UIF) y luego del alejamiento de los Schoklender de la Fundación en medio de un duro enfrentamiento con su titular, Hebe de Bonafini.
Los Schoklender habían sido procesados por defraudación y asociación ilícita a raíz de la participación que les otorgó Oyarbide: incluso estuvieron detenidos por varios días en dos ocasiones distintas porque el magistrado consideró que obstaculizaban la investigación, aunque en sendas oportunidades la misma Sala I los liberó por falta de fundamentación.
Las críticas de la Cámara, superior jerárquica de Oyarbide, es porque el magistrado no precisó "cuáles son los hechos atribuidos" ni tampoco individualizó a "cada uno de los actos de desvío que integrarían la defraudación por administración fraudulenta de la que habrían participado los encausados".
En ese sentido, consideraron que hubo una "indeterminación" de los hechos en la acusación del juez, la que fue "por demás genérica", pues no precisó "circunstancias de modo, tiempo y lugar en que habrían" ocurrido.
"Se trata de una descripción genérica de la que sólo se desprende que existiría una suma de dinero -no determinada aquí- proveniente del Estado, que tenía una afectación específica -la construcción de viviendas-, y que egresó del ámbito de la Fundación habiendo beneficiado, en algunos casos, a los apoderados de aquélla -a quienes tampoco se mencionó", reprochó a Oyarbide el tribunal.
Siguiendo con los cuestionamientos, advirtieron que "tal relato exigía la debida precisión de cada uno de los actos de desvío referenciados, detallándose expresamente cada una de las operaciones que se habrían traducido en un perjuicio al Estado", aunque "esa información permanece ausente".
Entre otros reproches hacia Oyarbide, el tribunal remarcó que el juez en su investigación no determinó "cuánto dinero habría recibido la Fundación, qué parte del mismo habría sido desviado", ni tampoco sobre "cuál ha sido su destino final", al tiempo que "no constan los nombres de la totalidad de las personas que habrían formado parte de la asociación ilícita".
La decisión de la Cámara implicó anular los procesamientos de los Schoklender y del contador Alejandro Abraham Gotkin (los tres estuvieron presos y fueron acusados de asociación ilícita y defraudación); el del piloto aéreo Gustavo Serventich y otras más de 60 personas.
"No puede soslayarse que la deficiente o incompleta descripción de la imputación repercute directamente sobre los actos procesales subsiguientes que se registran en el sumario, pues impide verificar el respeto del principio de congruencia que exige una necesaria correlación entre el hecho narrado en la indagatoria y aquel contenido en el procesamiento" que, a su vez, será el mismo de la eventual acusación y sentencia", concluyó la Cámara.
De la investigación de Oyarbide "no se observa aún el detalle de las supuestas operaciones de desvío, fechas ni montos específicos", sino que "por el contrario, el relato se evidencia por demás impreciso e incluye varias alternativas posibles: empresas o financieras, cobro personal o de terceros, evasión impositiva o beneficio económico".
"Tampoco se ha precisado cuánto dinero habría recibido la Fundación, qué parte del mismo habría sido desviado ni se ha especificado cuál ha sido su destino final, sino que sólo se han descripto, genéricamente, diversas maniobras. No se individualizaron los terrenos o propiedades supuestamente adquiridos, ni las empresas o financieras que habrían recibido depósitos", concluyeron.
En otra resolución también firmado por la Sala I, los jueces resolvieron acumular la investigación contra los Schoklender en otra que viene tramitando el juez Martínez de Giorgi y que apunta a los funcionarios públicos, por los subsidios que recibía la Fundación Madres de Plaza de Mayo y que tuvieron otros fines al de construcción de viviendas.
"La pesquisa llevada a cabo en este sumario de ningún modo puede escindirse de la investigación tendiente a determinar la posible responsabilidad de los funcionarios públicos que intervinieron en las correspondientes contrataciones y que debían controlar la ejecución de las obras encomendadas a la Fundación", razonó la Cámara.