DOLAR
OFICIAL $816.08
COMPRA
$875.65
VENTA
BLUE $1.18
COMPRA
$1.20
VENTA

Prohíben alojar en Gendarmería a personas con drogas en su organismo

El Gobierno prohibió el alojamiento en dependencias de la Gendarmería nacional "de aquellas personas que transportan sustancias" en su organismo "que presumiblemente podrían ser estupefacientes" y estableció el traslado de los sospechosos al hospital público más cercano al lugar de detención.

Así se dipuso en la resolución 413/2011 publicada hoy en el Boletín Oficial, firmada por la ministra de Seguridad, Nilda Garré. "Prohíbese el alojamiento en dependencias de aquellas personas que transportan sustancias que presumiblemente podrían ser estupefacientes", consignó la medida.

Según la información oficial, se ha detectado que una amplia mayoría de las detenciones realizadas en agrupaciones de la fuerza de seguridad de Salta y Jujuy constituye "un riesgo para la salud" de las personas.

Esto fue atribuido a la ausencia de personal médico y de la infraestructura de salud "necesaria a los fines de afrontar las eventuales emergencias que puedan suscitarse a lo largo del proceso de evacuación de cápsulas". "Que a fin de asegurar una adecuada atención médica y un correcto resguardo de la integridad física de la persona sospechada, resulta pertinente disponer que el proceso de espera de expulsión de las cápsulas que presumiblemente transportaría quien ha sido detenido/a se realice íntegramente en el hospital público más cercano, quedando a cargo de la Gendarmería la custodia del mismo siempre que así lo establezca la autoridad judicial interviniente", se agregó.

El artículo primero establece: "Prohibir el alojamiento en dependencias de la Gendarmería Nacional Argentina de aquellas personas que transportan sustancias en su organismo que presumiblemente podrían ser estupefacientes, disponiendo su traslado al hospital público más cercano al lugar de detención, a fin de aguardar la totalidad del proceso de expulsión de cápsulas".

"Deberá realizarse la comunicación en forma inmediata a la autoridad judicial interviniente, quedando a cargo de la Gendarmería Nacional Argentina la custodia de la persona detenida, siempre que así lo establezca la autoridad judicial", determinó el artículo segundo.