Prescripción e impunidad
La sospechosa lentitud de la Justicia en casos de corrupción permite que esas causas prescriban y se cierren sin condenas.
Una vez más, la excesiva y sospechosa lentitud de la justicia argentina en un sonado caso de corrupción se tradujo en el peor de los resultados posibles: el cierre de la causa sin debate oral y con el sobreseimiento de los acusados.
Se trata del caso IBM-Anses, uno de los tantos negociados informáticos protagonizados por la filial argentina de la empresa norteamericana con funcionarios del gobierno de Carlos Menem en la década de 1990, de los cuales el más conocido es el de IBM-Banco Nación. Otros similares fueron IBM-DGI e IBM-Banco de la Provincia de Santa Fe. En todos hubo contratos para la informatización de las dependencias oficiales, empresas fantasmas para el cobro de coimas por parte de los funcionarios y sobreprecios para permitir el pago de coimas.
Después de más de 15 años de una investigación signada, como las otras, por las dilaciones, habían comenzado las audiencias del juicio oral de IBM-Anses para determinar las responsabilidades por un contrato informático de 60 millones de dólares en el que se sospechaba que IBM pagó sobornos por 300.000 dólares a directivos de la Anses para obtener el millonario contrato.
Desde el inicio del juicio, las defensas de los 14 procesados argumentaron el excesivo paso del tiempo y el hecho de que la pena máxima para el delito que se imputaba a los acusados es de seis años, habiéndose cumplido ya tres veces desde el momento de la comisión del supuesto delito.
Por ejemplo, el defensor de Gustavo Soriani, ex ejecutivo de IBM de Argentina, sostuvo que se había violado el derecho de su cliente a ser juzgado en un plazo razonable y sin dilaciones indebidas. Recogió así precedentes de la Corte Suprema de Justicia que reconocen ese derecho.
El Tribunal Oral Federal N° 3, a cargo de los jueces Miguel Pons, Larrambebere y Guillermo Gordo, hizo lugar al pedido de prescripción argumentando que las propias fallas de la Justicia "vulneraron las garantías razonables de la duración del proceso". El tribunal se refirió a trámites judiciales que se prolongaron de manera inusual, como un peritaje informático que tardó tres años y otro contable que demoró ocho meses.
De esta manera, en los hechos, no hubo un juicio con debate y testigos, confronte de pruebas, alegato fiscal y descargo de los acusados. La prescripción impidió probar la acusación. En una palabra, hubo impunidad para otro caso de corrupción, y no por culpa del Tribunal Oral.
Una suerte similar parece correr la causa IBM-Banco Nación, en la que se investigó un negociado de 1994 para informatizar las 525 sucursales del banco, que incluyó 21 millones de dólares de coimas a directores del Banco Nación, que algunos de ellos reconocieron. La denuncia solitaria la realizó, tras una investigación, el periodista Santiago Pinetta, a quien no querían recibírsela en los tribunales federales de Comodoro Py. Sin embargo, su insistencia permitió la apertura de la causa y la posterior recuperación de 4,5 millones de dólares de las coimas que estaban depositados en Suiza.
Pero en IBM-Banco Nación tampoco hubo juicio oral pues los siete acusados llegaron a un acuerdo con la fiscal, se declararon culpables y aceptaron, en un juicio abreviado, ser condenados a penas de hasta tres años de prisión en suspenso y a devolver más de 18 millones de pesos. Se trató de una burla, porque una vez evitado el juicio oral, tres de los acusados apelaron el convenio y ahora debe decidir la Cámara de Casación.
Más de una vez nos referimos en esta columna a la complicidad de la Justicia que, al demorar las investigaciones de casos de corrupción, permite que éstos prescriban. El mecanismo es conocido: se retrasan los peritajes, se hace lugar a contraperitajes innecesarios, se aprovechan los planteos de las defensas para postergar las respuestas, se cometen, adrede, errores que generan apelaciones y prolongadas intervenciones de las cámaras de apelación, etcétera.
Para colmo, la ley 25.990, que favorece las prescripciones, promulgada por el presidente Néstor Kirchner en enero de 2005 luego de un trámite sin debate parlamentario, ha liquidado decenas de investigaciones. Un año después de promulgada ya había permitido la prescripción de 14 causas de fraudes bancarios que databan de la década de 1980.
Hoy, la misma amenaza pende sobre la causa por la voladura de la Fábrica Militar de Río Tercero, que en 1995 ocasionó siete muertos y más de 300 heridos, y la del encubrimiento del homicidio del soldado Omar Carrasco, ocurrido en 1994, en un cuartel del Ejército en Zapala, Neuquén. Ambos expedientes sufrieron largas demoras. El de Carrasco se encuentra desde hace años en la Sala II de la Cámara de Casación.
Es cierto que los procesados no pueden pasar décadas sometidos a una actuación judicial sin fin a la vista y que, al no desembocar en un juicio oral, impide comprobar su culpabilidad o su inocencia.
Pero también es cierto que existe una complicidad de la Justicia al trabar el avance de investigaciones que revisten el máximo interés público y, en ocasiones, también un alto grado de gravedad institucional. De esa manera, no sólo no se sancionan los delitos, sino que ni siquiera se puede llegar a la verdad real de lo ocurrido y, mucho menos, a recuperar el dinero malhabido.
La complicidad judicial a la que nos referimos no debería quedar impune. Sancionar a sus responsables sería una forma de evitar que se instale definitivamente este perverso mecanismo que incluye a algunos jueces y fiscales y que tiene por único objetivo evitar que se haga justicia.