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Precios Justos: el Gobierno eleva las multas por incumplir el programa 

Dicha medida fue publicada en el Boletín Oficial y estableció sanciones más duras para los supermercados que no cumplan con el convenio. ¿Qué se considera faltas a lo establecido en el programa?


Según se informó este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció sanciones más severas para las empresas que no cumplan con los Precios Justos. De esta manera, las empresas proveedoras y los supermercados minoristas y mayoristas que no cumplan con el programa podrán ser sancionadas con las multas hasta $71 millones.

La medida fue oficializada mediante la resolución 12 de la Secretaría de Comercio. Así, se establecieron nuevas sanciones para los comercios mayoristas y minoristas que incumplan con el programa.

El endurecimiento de las sanciones se produce en medio de la polémica que surgió a raíz de la incorporación del Sindicato de Camioneros en los operativos de control de precios y de productos en los supermercados.

Según la actual legislación, las sanciones se establecen de acuerdo cpn un equivalente entre 0,5 y 2100 Canastas Básicas Total (CBT) que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para un Hogar 3, compuesto por matrimonio y tres hijos menores. El último valor fue de $121.420.

Las multas tienen escalas de acuerdo al tipo de infracción y de comercio. Las sanciones pueden ser: por vender productos por encima del valor establecido en el convenio, por falta de stock, la mal identificación de los productos que forman parte del programa o la restricción en la cantidad de productos que se pueden llevar un consumidor o grupo familiar.

Las sanciones que deberá afrontar las empresas por incumplimiento del programa Precios Justos quedaron de la siguiente manera:

En el caso de un supermercado mayorista que vende los productos por encima de los precios que establece el acuerdo, podría aplicarse multas entre los $4.613.960 y los $ 35.697.480, que podrían variar de acuerdo al punto de venta, otra novedad de la nueva normativa.

En el caso de que haya una faltante de al menos el 80% de los productos y que, además, no se encuentren sus respectivos sustitutos, las multas podrán rondar entre $1.821.300 y $ 14.327.560.

Ante la falta de identificación de la señalética en al menos el 80% de los productos incluidos en el convenio correspondiente, se aplicarán sanciones de entre $1.427.040 y $ 13.477.620.

En el caso de que utilice la señalética, pero se dispongan productos que no correspondan, las multas serán entre $1.335.620 y $ 10.684.960, dependiendo el punto de venta.

En el caso de que el establecimiento coloque alguna restricción al número de productos de venta por consumidor o grupo familiar sin que esté previamente autorizado por la Secretaría de Comercio, las sanciones serán de entre $ 2.306.980 y $ 17.727.320.

Además, la nueva medida estable un incremento de la multa de hasta 40% en caso de reincidencia.

En el caso de una segunda reincidencia, las multas a aplicar por incumplimientos del programa podrán incrementarse en hasta 100%, lo que podría llegar hasta los $71.394.840 en el caso de los mayoristas. Anteriormente, ante estos incumplimientos las multas solo podían ser de entre $500.000 y $1 millón.

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