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Ordenan una pericia psicológica a Fabiola Yañez por una causa iniciada por Alberto Fernández

La medida la dispuso el juez Christian Brandoni Nonell en el expediente en el que se acusa a la ex primera dama de prohibir o dificultar el vínculo de su expareja con el hijo de ambos, Francisco Fernández. La defensa se opuso.

Ordenaron una pericia psicológica para Fabiola Yañez en la causa donde Alberto Fernández la acusa de prohibir o dificultar el vínculo con el hijo de ambos, Francisco Fernández. La defensa se opuso a la medida y solicitó que el juez se declare incompetente.

La medida fue ordenada por el juez de primera instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, Christian Brandoni Nonell, quien dispuso que se realice de manera virtual el próximo viernes.

El objetivo de la pericia es determinar el grado de salud mental de la exprimera dama, quien vive en España. En la solicitud presentada previamente, el expresidente también pidió que su expareja entregue su teléfono para que sea peritado.

Ante la orden de la Justicia, la abogada de Fabiola Yañez presentó un recurso de apelación en el que solicitó que el juez se declare incompetente y remita la causa a la Justicia de Madrid, dado que —según argumentó— es donde vive el hijo de la pareja.

En el escrito presentado, Mariana Gallego se opuso a la realización de las pericias psicológicas “sobre todo por la forma improcedente, incompetente e ilegítima en las que las mismas se fundan y ordenan". También aseguró que se trata de una “clara violación a la intimidad” de la exprimera dama.

El segundo argumento planteado por Gallego reside en la "incompetencia en razón del territorio y de la materia". “Parece que este magistrado también pretende sentenciar sobre el pedido de restitución internacional del niño Francisco, difiriéndolo al resultado de la medida encomendada al organismo de protección de los derechos de la niñez de Madrid“, indicó.

“Francisco tiene su centro de vida en España, con residencia permanente junto a su madre, avalada por quien ahora pretende servirse de la justicia local para forzar un cambio de cuidado personal que nunca ha sido planteado ante los tribunales competentes en materia de familia", aseguró Gallego.

Sobre el cierre del escrito, la abogada de Yañez planteó una serie de preguntas: “¿Por qué Alberto Fernández no inició un proceso sobre régimen de comunicación en España? ¿Por qué no tramitó ante el organismo pertinente la restitución? ¿Por qué tampoco, si tan preocupado está por las supuestas dificultades para maternar de la madre de su hijo, no solicitó el cuidado del niño en España, donde no tiene restricción alguna y le sobran recursos?"

En este expediente declararon los custodios que tuvo Yañez, que hablaron sobre las salidas nocturnas de la ex primera dama, y de episodios en que la vieron en estado de ebriedad. El exmandatario quiere que se determine si la madre de su hijo está o no en condiciones de garantizar el cuidado del menor.

El 6 de enero se le prohibió a la ex primera dama contactar al expresidente por 90 días, por ningún motivo que no esté estrictamente vinculado al hijo de ambos. La resolución del juez dispuso que, a partir de la notificación, Yañez no tenga “ningún tipo de conversación” con el expresidente, “por sí o por interpósita persona, con excepción aquello que haga sobre la patria potestad del hijo en común”.

El fallo determinó además que tanto Yañez como Fernández “deberán abstenerse de difundir sobre el contenido de la presente causa y/o sobre cualquier cuestión respecto a su hijo menor de edad, ya sea en forma directa, indirecta, por interpósita persona”.

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