Once: rechazan al Estado como querellante
La Justicia anuló la resolución de aceptar al Estado Nacional como querellante en la causa por el choque del tren en la terminal de Once.
La Cámara en lo Criminal Federal anuló la resolución del juez Claudio Bonadio que había aceptado al Estado Nacional como querellante en la causa por el choque del tren en la terminal de Once, de esta Capital, que causó 51 muertos y centenares de heridos.
El mismo tribunal rechazó, en cambio, un pedido de recusación del magistrado de primera instancia, presentado por el abogado Gregorio Dalbón como representante legal de varios damnificados, luego que Bonadío admitiera al Ministerio de Planificación Federal como querellante.
La Sala II de la Cámara sostuvo Bonadio tomó esa decisión valiéndose de "escasas, genéricas y contradictorias afirmaciones" y que lo hizo "omitiendo la valoración" de "circunstancias dirimentes para la solución del caso".
El tribunal indicó que las mismas razones que el juez expuso para otorgar el rol de "acusador particular" a esa cartera, son las que impiden reconocerle esa cualidad procesal.
En tal sentido los camaristas Eduardo Farah y Martín Irurzun recordaron que el magistrado legitimó al Estado Nacional por su condición de titular de los bienes materiales afectados a la
concesión y su rol de garante de la prestación del servicio de transporte público de pasajeros.
"En rigor de verdad y sentido común mediante, esas mismas cualidades son las que se alzan como obstáculos para otorgarle la facultad de actuar como querellante en el proceso" al Estado Nacional, expresaron los camaristas.
El mismo tribunal rechazó, en cambio, un pedido de recusación del magistrado de primera instancia, presentado por el abogado Gregorio Dalbón como representante legal de varios damnificados, luego que Bonadío admitiera al Ministerio de Planificación Federal como querellante.
La Sala II de la Cámara sostuvo Bonadio tomó esa decisión valiéndose de "escasas, genéricas y contradictorias afirmaciones" y que lo hizo "omitiendo la valoración" de "circunstancias dirimentes para la solución del caso".
El tribunal indicó que las mismas razones que el juez expuso para otorgar el rol de "acusador particular" a esa cartera, son las que impiden reconocerle esa cualidad procesal.
En tal sentido los camaristas Eduardo Farah y Martín Irurzun recordaron que el magistrado legitimó al Estado Nacional por su condición de titular de los bienes materiales afectados a la
concesión y su rol de garante de la prestación del servicio de transporte público de pasajeros.
"En rigor de verdad y sentido común mediante, esas mismas cualidades son las que se alzan como obstáculos para otorgarle la facultad de actuar como querellante en el proceso" al Estado Nacional, expresaron los camaristas.