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Maquinistas cerca del juicio por otro choque de un tren

Según la Justicia es por un accidente ocurrido en la estación Buenos Aires de la línea Belgrano Sur y los conductores actuaron de manera "negligente".

La Cámara Federal confirmó el procesamiento de dos maquinistas de la línea Belgrano Sur a raíz de un accidente ocurrido el 19 de agosto pasado en la estación Buenos Aires, en el barrio porteño de Barracas, cuando la formación ingresó a fuerte velocidad y chocó contra un bar ubicado en la terminal.

En el procesamiento confirmado ahora por la Cámara se tuvo en cuenta un mensaje de texto posterior al hecho, en el cual el co-conductor le indicó a su compañero, el maquinista de la formación, que no dijera a nadie que se había dormido cuando el tren ingresaba a la estación.

Además, la Cámara valoró que ese 19 de agosto de 2012 a las 6:13 de la mañana, la formación de la línea Belgrano Sur ingresó a la Estación Buenos Aires a 34 kilómetros por hora, en los últimos 345 metros de desplazamiento.

"Cabe reparar en el informe pericial practicado sobre el tren siniestrado, del cual se desprende que hizo su ingreso a cabecera a una velocidad constante y aproximada de 34 kilómetros por hora, habiéndose verificado un brusco frenado por una acción combinada del freno de emergencia y del paragolpes de vía en los últimos 10 a 15 metros", remarcó la Cámara.

Además, los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah también tuvieron en cuenta que el guarda dijo que "tras advertir que la formación había entrado a la cabecera a una velocidad mayor a la habitual -y no habiendo escuchado el ruido característico de aire que se produce al accionarse los frenos-, ingresó rápidamente al vagón y aplicó el de emergencia, no logrando conseguir que la formación se detuviera por completo".

También dijo que en ese trayecto de 300 metros antes del colisionar, se intentó comunicar desde la base con los conductores, y no respondieron los llamados para descender la velocidad. "La totalidad de las constancias reseñadas son las que permiten sostener a esta altura sus responsabilidades", determinó la Cámara, la cual sostuvo que ambos conductores "actuaron de manera negligente, por cuanto en violación a sus obligaciones dirigieron la formación a una velocidad superior a la permitida omitiendo aplicar los frenos que se hallaban disponibles para evitar el impacto y sus consecuencias típicas".

Los dos están imputados por el artículo 196 del Código Penal el cual prevé "prisión de seis meses a tres años al que por imprudencia o negligencia o por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, causare un descarrilamiento, naufragio u otro accidente", y se les fijó un embargo sobre sus bienes de 500 mil pesos.