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Los secretos del derecho bancario: la importancia de saber como reclamar

Por Alejandro Nimo. Actualmente existen varios mecanismos para reclamar aunque los pasos previos a los tribunales se vuelven ineficientes.

Las entidades Bancarias, Financieras, de Inversión, Crediticias y la relación con sus clientes, han generado hasta la actualidad miles de demandas en los tribunales. Debemos asumir que la naturaleza de esa relación se basa en una parte que ofrece porque tiene, y otra que pide porque necesita. Analizando lo dicho, comprenderemos cuál es la parte más débil.

Como resultado de ese desequilibrio, esta relación - especialmente cuando se trata de cuestiones crediticias-, se vuelve injusta, ejerciendo su poder el que más tiene contra el que necesita, e imponiendo el primero condiciones y cláusulas abusivas que, dada la situación de necesidad y el apuro, quien toma el crédito no tiene opción de negociar.

Actualmente existen varios mecanismos para reclamar aunque en mi experiencia como especialista en derecho bancario y financiero durante los últimos 10 años, los pasos previos a los tribunales se vuelven ineficientes: Los reclamos frente a oficinas de atención al cliente de estas entidades, asimismo la oficina de reclamos del Banco Central Argentino, y los mecanismos de mediación, se manejan en muchos casos con respuestas ambiguas, evasivas, sin resolución y, a veces, con resoluciones no vinculantes que no son de mucha ayuda para el  perjudicado.

Sin hacer valoración del tiempo implicado para lograr una sentencia en firme, debido a la saturación de expedientes en los mismos y a las instancias de apelación, no son demasiados los ciudadanos que logran llegar a tribunales, y menos los que logran un fallo justo, siendo primordial la presencia de un abogado que los represente, y siendo pocos los abogados especialistas en derecho bancario y financiero que trabajen por fuera de los bancos, debiendo recurrir entonces a un abogado especialista en causas comerciales, y no en la especialidad requerida.

La realidad demuestra que el derecho bancario, está tan colmado de comunicaciones y resoluciones del BCRA que modifican la interpretación de las leyes y que regulan la actividad, que de no ser el monto en dinero a reclamar de importancia será muy difícil encontrar quien acepte su caso y los represente, ya que los abogados de la rama civil y comercial deben pasar muchas horas actualizándose sobre las particularidades del derecho bancario para lograr una demanda exitosa. Es así que el resultado de todo esto son miles de abusos y demandas insatisfechas, y usuarios del sistema bancario y financiero en situación de Indefensión.

Tal como se hace en la Comunidad Europea, hemos adaptado para Argentina la figura de El Defensor del Derecho Bancario y Financiero, proponiendo la creación de la misma como una oficina descentralizada de la órbita del Banco Central de La República Argentina. Esta oficina dirigida por expertos en materia económica, bancaria y financiera, unificará todos los sistemas de reclamos contra las entidades, terminando con la situación de indefensión en la que caen hoy miles de clientes bancarios, y poniendo a su disposición un sistema capacitado para atenderlos y dirimir los reclamos, basándose en las leyes nacionales, locales y en las regulaciones del BCRA, sin necesidad de que las partes se presenten con abogado particular (salvo que así lo decidieren), garantizando la imparcialidad en el proceso de resolución del conflicto y logrando en un tiempo prudencial una determinación vinculante que logre una solución definitiva al protesto.

La resolución tendrá el efecto de un Laudo arbitral, y deberá estar fundamentada en las normas vigentes y no será apelable, salvo en caso de vicios en el procedimiento. De esta manera, además de otorgar una vía expedita de resolución del litigio, se aliviará a los tribunales de miles de expedientes abiertos por reclamos bancarios y financieros.

Para presentar su reclamación ante El Defensor del Derecho Bancario, el cliente deberá demostrar por cualquier vía que ha realizado el reclamo en atención al cliente de la entidad bancaria pertinente, y manifestar que no se encuentra conforme con la resolución o que no se le ha contestado en el plazo de los 20 días corridos desde el primer contacto. Se pondrán a disposición de los reclamantes varios medios electrónicos para iniciar y dar seguimiento al trámite, así como también se podrán realizar las presentaciones y seguimientos en la mesa de entradas de la Oficina del Defensor.

Antes de emitir su resolución vinculante, el Defensor del Derecho Bancario podrá emitir un dictamen hacia alguna de las partes, recomendando modificar alguna postura o cláusula del conflicto, actuando en este caso como amigable componedor en el incidente en caso de no lograr recomponer la relación entre éstos y dando su fallo vinculante.

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