Lo condenaron a 44 años de cárcel por abusos sexuales y robos
La Justicia platense condenó a la pena de 44 años de cárcel a un hombre de 33 años, acusado de haber cometido distintos hechos de abuso sexual, violaciones reiteradas y robos, hace casi seis años, en la zona de City Bell.
La condena recayó sobre Ariel Reynaldo "Rulo" Palacios, y fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, integrado por los jueces Gloria Berzosa, Emir Caputo Tártara e Inés Siro.
Los jueces de la Cámara lo hallaron culpable de varios casos de abuso sexual, de los que resultaron víctimas una pareja de novios, los integrantes de un matrimonio y un amigo de ellos.
Luego de que fuera dada a conocer la sentencia, el acusado fue retirado esposado rumbo al penal de Magdalena, donde comenzará a cumplir la larga condena, según lo señalado por el diario El Día de esta ciudad.
En 1999, Palacios había sido detenido y juzgado por un caso similar, del que resultó víctima Beatriz Martínez, aunque en esa oportunidad, luego del asalto y violación reiterada, la mujer fue asesinada.
Por aquel brutal ataque, Palacios había sido condenado a 14 años de pena por robo y homicidio, ya que los jueces del Tribunal entendieron que no se pudo acreditar su participación en la violación.
Ese fallo fue confirmado por Casación, pero luego la Corte bonaerense lo absolvió por el homicidio, y su pena quedó reducida a 9 años y 6 meses de cárcel, aunque debido al tiempo que llevaba detenido y por aplicación del "dos por uno", el condenado había sido liberado, hasta que en el 2006 cayó otra vez preso, por los casos ventilados en este nuevo debate oral.
La semana pasada la fiscal de Juicio Patricia Raninqueo había pedido para el acusado 35 años de prisión por varios casos de abuso sexual, coacción y robo calificado.
Por su parte, la defensora oficial Gladys López, requirió un encuadre legal más leve, al entender que en uno de los casos hubo un delito continuado y no varios hechos como planteó la fiscal.
Para el Tribunal Oral, en el debate se pudo acreditar que el 25 de octubre de 2005, cerca de las 21:30, "en circunstancias en que un joven había pasado a buscar por el colegio a quien por entonces era su novia, desplazándose ambos en bicicletas, al llegar a 20 y 480, de City Bell, advirtieron que comenzó a seguirlos un hombre en bicicleta, quien, a la altura de las calles 480 y 21 los intimidó con un arma de fuego y los obligó a desplazarse hasta una casa de 479 y 21".
También se indicó que el violador les mostró el arma, la tapó con u buzo y dijo que si disparaba de esa forma nadie iba a escuchar nada, para luego obligarlos a mantener "relaciones entre ellos y finalmente violar en forma reiterada a la joven".
Los jueces encuadraron este hecho como "abuso sexual con acceso carnal calificado por el uso de armas, abuso sexual con acceso carnal", dos hechos, y "privación ilegal de la libertad calificada y coacción agravada".
También dieron por acreditado que el primero de noviembre de 2005, a las 22:00, el mismo imputado sorprendió a una mujer cuando entraba a su casa de City Bell, y "mediante intimidación con un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse" le robo el monedero y fugó.
El Tribunal entendió que este hecho configura el delito de "robo calificado por el uso de arma no apta para el disparo".
En el fallo se dio por probado que el 6 de noviembre del mismo año, cerca de las 0:30, Palacios entró a punta de pistola a una casa de City Bell y obligó a un matrimonio y a un amigo de éste, mientras los niños dormían en la casa, a "prácticas sexuales, para luego violar a la mujer en forma reiterada, manteniendo a todos privados de la libertad durante 3 horas".
Finalmente, previo amenazar de muerte a las víctimas y a sus hijos, huyó del lugar con objetos de valor que había en la casa.
Este caso fue encuadrado legalmente como "abuso sexual gravemente ultrajante, abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma (cuatro hechos), robo calificado por el uso de arma no apta para el disparo, privación ilegal de la libertad y coacción agravada".
En este juicio, las víctimas declararon a puertas cerradas, y según se explicó en el fallo, todos reconocieron a Palacios como el autor de los hechos.