DOLAR
OFICIAL $816.08
COMPRA
$875.65
VENTA
BLUE $1.18
COMPRA
$1.20
VENTA

Ley de Emergencia Económica: aceptaron las modificaciones en los esquemas de retenciones y jubilaciones

El proyecto de ley se debate en la Cámara de Diputados. El oficialismo busca el quórum por parte de la oposición.

En medio del debate del proyecto de ley de Emergencia Económica de Alberto Fernández, el oficialismo aceptó realizar las modificaciones propuestas de los esquemas de retenciones y jubilaciones.

El presidente Alberto Fernández informó que una de las modificaciones está vinculada a las retenciones. “Propuse incorporar un artículo que establecerá mecanismos de compensación de los efectos de los derechos de exportación específicos para pequeños productores y cooperativas”, informó.

Además, se decidió dar marcha atrás con el congelamiento a los regímenes especiales de jubilaciones que estaban incluidos en la redacción original del artículo 51 del proyecto de Emergencia.

Se excluyeron del congelamiento al régimen especial para docentes, la pensión graciable para ex presos políticos, la denominada Ley Brisa, que ampara a las víctimas colaterales de un femicidio con un aporte económico, equivalente al monto de un haber jubilatorio mínimo, hasta los 18 años de edad; y el régimen jubilatorio específico para el personal que cumple tareas técnico-científicas de investigación o desarrollo.

Por otro lado, se precisó que el impuesto de 30% para acceder a los dólares empezará a regir tras la sanción de la ley. De este modo, se blindó a las personas que hicieron compras con tarjetas de crédito en los últimos días.

Las negociaciones continúan abiertas. De hecho, no se descarta que haya una modificación al artículo que le da la facultad al Presidente de incrementar hasta en un 100% la alícuota de Bienes Personales, cuya aplicación podría generar una catarata de juicios contra el Estado.

Uno de los puntos centrales de la ley es el aumento de las retenciones. En ese sentido, hubo una modificación en el artículo 49°. Se acordó que las alícuotas a los derechos de exportación de los hidrocarburos y la minería no podrá superar el 8% del valor imponible. Además, cambiará el porcentaje destinado a la ANSES, que pasará de un 70% al un 67%, agregándose las prestaciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

En ese artículo se agregó que un 3% del obtenido con las retenciones se destinará a la creación de un Fondo solidario de competitividad agroindustrial para estimular la actividad de pequeños productores y cooperativas a través de créditos para la producción, innovación, agregado de valor y costos logísticos.

Además, se acordó que el Poder Ejecutivo convoque a una comisión integrada por miembros de ese mismo Poder y del Congreso de la Nación para que en el plazo de 180 días diseñe una nueva ley de movilidad jubilatoria. De esa forma, a mitad del 2020 el Congreso trataría el proyecto y votaría una nueva ley de movilidad de los haberes previsionales.

Entre las modificaciones está también la decisión del Gobierno de eliminar el artículo 85 que facultaba al Ejecutivo para intervenir organismos descentralizados. Otra de las modificaciones importantes es la que se da en el artículo 39°, en la que se cambia el destino de los fondos recaudados. En el proyecto un 30% se destinaba a obras de infraestructura económica y vivienda social, al RENABAP y al turismo. En el dictamen se cambia la redacción, en vez de RENABAP se usa la formula “Fondo de integración socio urbana y se agrega como destino “prestaciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados”.

Fernández dejó un mensaje claro en las redes sociales antes del comienzo de la sesión. “Queremos ser claros y transparentes en nuestros propósitos. Solo nos importa que la solidaridad de los que más tienen ayude a aumentar los recursos para mejorar la situación de quienes la están pasando mal”, afirmó. Además, dijo que cuentan con los votos necesarios para aprobar el proyecto de ley.

Dejá tu comentario