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Le otorgaron la prisión domiciliaria a Ricardo Russo, el pediatra del Garrahan acusado por pornografía infantil
El pediatra estaba acusado de tenencia, comercialización y facilitación de pornografía infantil.
El pediatra del Garrahan, Ricardo Russo, estaba acusado de tenencia, comercialización y facilitación de pornografía infaltil. Sin embargo la Justicia le otorgó esta tarde la prisión domiciliaria. Según su abogado, Ricardo Izquiero, "La Cámara de Apelaciones entendió que no existe ninguno de los peligros que decía la fiscal Daniela Dupuy sobre que mi asistido puede fugarse o entorpecer la investigación".
Izquierdo confirmó que su defendido saldrá este viernes a la noche del penal de Ezeiza, adonde estuvo 99 días, y pasará la noche en su casa del barrio River, donde lo esperarán su mujer Mina y sus dos hijos. "Estamos con el papeleo de rigor, calculamos que se irá antes de la medianoche", detalló. Russo estará monitoreado electrónicamente, aunque tendría un radio limitado para moverse.
En la tarde del viernes, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, integrada por Sergio Delgado y Elizabeth A. Marum, dispuso la prisión domiciliario de Russo, "debiendo observar la obligación de no ausentarse de su domicilio para el cumplimiento de la medida". Tanto Delgado como Marum entendieron que Russo puede esperar en su domicilio el juicio oral. Dado la mayoría, no fue necesario recurrir al tercer camarista, Marcelo Vázquez, quien se encuentra de licencia.
Según había afirmado la fiscal Dupuy, el juicio oral contra Russo (que contará con un nuevo juez, el doctor Gonzalo Rúa) se llevaría a cabo este año, mientras que para Izquierdo, "la lentitud de este fuero es exasperante, no creo que sea este año". Hasta hoy el juicio está más cerca de realizarse en 2020.
Además. el Tribunal resolvió "disponer la implementación de un dispositivo de geolocalización, con el objeto de monitorear de manera electrónica su permanencia en el domicilio y así asegurar la medida impuesta".
Esta modalidad constituye "una morigeración de la prisión preventiva, dado que, si bien el encartado debe permanecer en arresto, puede hacerlo dentro de su casa, y en compañía de su entorno. De ese modo, los fines del proceso se encontrarán asegurados, a través de una medida que resulta proporcionada con el fin de evitar la concreción de los riesgos procesales y que no implica, además, un cercenamiento de la libertad tan grande como el que constituye el encarcelamiento cautelar en un establecimiento carcelario", dice un fragmento de la resolución de la Cámara.
Russo, de 57 años, ex jefe del Servicio de Reumatología e Inmunología durante más de una década, pasó buena parte de su reclusión en el Hospital Penitenciario de Ezeiza, aislado, y fue el preso con mayor restricción para comunicarse con el mundo exterior, lo que lo llevó a depresiones profundas. Hacia fines de julio, la Justicia le alivió las estrictas condiciones y lo trasladaron a un pabellón con otros condenados.
Para Izquierdo, Russo es "una persona inocente, que está siendo investigada por delitos que él no cometió. Porque el primer párrafo del artículo 128 no se cumple, ya que Russo contaba con ese material de trabajo (NdR: fotos de niñas desnudas) antes de 2018, cuando la ley cambió, por lo que de imputárselo, sólo se lo podría hacer por algún tipo de tenencia, pero nada más". El artículo del Código Penal al que se refiere el abogado es el que establece una pena de prisión de seis meses a cuatro años para "el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación".
El 21 de marzo de 2018 la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley la iniciativa que propone penar la tenencia de pornografía infantil. La norma, que en noviembre de 2017 obtuvo media sanción en el Senado, modifica el artículo 128 del Código Penal y establece penas de entre tres y seis años de prisión por el delito de simple tenencia de material pornográfico infantil.
"Russo pagó por ser un ignorante informático, pero no hizo nada. No produjo, ni difundió, ni comercializó. Pero tenía material pornográfico en su computadora", dijo su abogado. A Russo le detectaron material pornográfico a traves de eMule, un sistema P2P para compartir archivos y video que la Policía Federal monitoreaba desde la División de Delitos Cibernéticos contra la Niñez y Adolescencia.
Izquierdo se pregunta qué sucedió con "las pruebas contundentes que tenía la fiscalía" para acusar a Russo, "y dónde está la red de pedofilia que habían desbaratado, o los 40 casos investigados... ¿y? Lo único que hicieron es hacer el caso de Russo mediático, fue como un chivo expiatorio. Esto fue todo un circo en el cual el Hospital Garrahan consintió y se colgó, ya que dijo que está preocupado por los niños de su institución".
Finalmente, Izquierdo dejó un mensaje. "Antes de tomar el caso yo estuve reunido con Russo tres horas, le pregunté todo, y de acuerdo a lo que me dijo, me convencí de su inocencia. Hoy se va a su casa y no vuelve más en cana. Tengo elementos suficientes para considerar que Russo no cometió ningún hecho de gravedad social; sí, quizás, ética y moral, pero no podemos tomarnos de lo que hace una persona en su ámbito privado".
Izquierdo confirmó que su defendido saldrá este viernes a la noche del penal de Ezeiza, adonde estuvo 99 días, y pasará la noche en su casa del barrio River, donde lo esperarán su mujer Mina y sus dos hijos. "Estamos con el papeleo de rigor, calculamos que se irá antes de la medianoche", detalló. Russo estará monitoreado electrónicamente, aunque tendría un radio limitado para moverse.
En la tarde del viernes, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, integrada por Sergio Delgado y Elizabeth A. Marum, dispuso la prisión domiciliario de Russo, "debiendo observar la obligación de no ausentarse de su domicilio para el cumplimiento de la medida". Tanto Delgado como Marum entendieron que Russo puede esperar en su domicilio el juicio oral. Dado la mayoría, no fue necesario recurrir al tercer camarista, Marcelo Vázquez, quien se encuentra de licencia.
Según había afirmado la fiscal Dupuy, el juicio oral contra Russo (que contará con un nuevo juez, el doctor Gonzalo Rúa) se llevaría a cabo este año, mientras que para Izquierdo, "la lentitud de este fuero es exasperante, no creo que sea este año". Hasta hoy el juicio está más cerca de realizarse en 2020.
Además. el Tribunal resolvió "disponer la implementación de un dispositivo de geolocalización, con el objeto de monitorear de manera electrónica su permanencia en el domicilio y así asegurar la medida impuesta".
Esta modalidad constituye "una morigeración de la prisión preventiva, dado que, si bien el encartado debe permanecer en arresto, puede hacerlo dentro de su casa, y en compañía de su entorno. De ese modo, los fines del proceso se encontrarán asegurados, a través de una medida que resulta proporcionada con el fin de evitar la concreción de los riesgos procesales y que no implica, además, un cercenamiento de la libertad tan grande como el que constituye el encarcelamiento cautelar en un establecimiento carcelario", dice un fragmento de la resolución de la Cámara.
Russo, de 57 años, ex jefe del Servicio de Reumatología e Inmunología durante más de una década, pasó buena parte de su reclusión en el Hospital Penitenciario de Ezeiza, aislado, y fue el preso con mayor restricción para comunicarse con el mundo exterior, lo que lo llevó a depresiones profundas. Hacia fines de julio, la Justicia le alivió las estrictas condiciones y lo trasladaron a un pabellón con otros condenados.
Para Izquierdo, Russo es "una persona inocente, que está siendo investigada por delitos que él no cometió. Porque el primer párrafo del artículo 128 no se cumple, ya que Russo contaba con ese material de trabajo (NdR: fotos de niñas desnudas) antes de 2018, cuando la ley cambió, por lo que de imputárselo, sólo se lo podría hacer por algún tipo de tenencia, pero nada más". El artículo del Código Penal al que se refiere el abogado es el que establece una pena de prisión de seis meses a cuatro años para "el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación".
El 21 de marzo de 2018 la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley la iniciativa que propone penar la tenencia de pornografía infantil. La norma, que en noviembre de 2017 obtuvo media sanción en el Senado, modifica el artículo 128 del Código Penal y establece penas de entre tres y seis años de prisión por el delito de simple tenencia de material pornográfico infantil.
"Russo pagó por ser un ignorante informático, pero no hizo nada. No produjo, ni difundió, ni comercializó. Pero tenía material pornográfico en su computadora", dijo su abogado. A Russo le detectaron material pornográfico a traves de eMule, un sistema P2P para compartir archivos y video que la Policía Federal monitoreaba desde la División de Delitos Cibernéticos contra la Niñez y Adolescencia.
Izquierdo se pregunta qué sucedió con "las pruebas contundentes que tenía la fiscalía" para acusar a Russo, "y dónde está la red de pedofilia que habían desbaratado, o los 40 casos investigados... ¿y? Lo único que hicieron es hacer el caso de Russo mediático, fue como un chivo expiatorio. Esto fue todo un circo en el cual el Hospital Garrahan consintió y se colgó, ya que dijo que está preocupado por los niños de su institución".
Finalmente, Izquierdo dejó un mensaje. "Antes de tomar el caso yo estuve reunido con Russo tres horas, le pregunté todo, y de acuerdo a lo que me dijo, me convencí de su inocencia. Hoy se va a su casa y no vuelve más en cana. Tengo elementos suficientes para considerar que Russo no cometió ningún hecho de gravedad social; sí, quizás, ética y moral, pero no podemos tomarnos de lo que hace una persona en su ámbito privado".
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