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Las claves del proyecto kirchnerista para clausurar comercios

La iniciativa del diputado Juan Cabandiédijo tiene como objetivo "mejorar la lealtad comercial y la actuación de las empresas".

El diputado kirchnerista Juan Cabandié presentó un proyecto que modifica la ley de Defensa de la Competencia con el objetivo de permitir la clausura de comercios que incurran en infracción e incorpora el concepto de reincidencia, por el cual se duplica la multa cuando se repita la infracción antes de los tres años.

Para Cabandie esta ley es necesaria porque el Estado debe "garantizar estos derechos y hacerlos operativos" y debe hacer "un control de las empresas sin necesidad que se presente un usuario o consumidor afectado".

"Lo cierto es que el sistema sancionatorio establecido en la normativa vigente resulta obsoleto
ya que no se ajusta a las nuevas realidades sociales y comerciales. Pese a que las infracciones aumentan año a año y vemos con preocupación que las sanciones aplicadas no llegan a disuadir a las mismas empresas de no cometer nuevas infracciones", sostuvo.

Las claves:

- La iniciativa autoriza al funcionario que detecta una infracción a clausurar preventivamente por 48 horas hasta que cese esa violación de las normas y resguardar las pruebas. En caso de que la autoridad de aplicación considere que es necesario podrá clausurar el negocio hasta diez días y proceder al decomiso de la mercadería.

- El proyecto autoriza a examinar y exigir la exhibición de libros y documentos, verificar existencias, requerir informaciones, nombrar depositarios de productos intervenidos, proceder al secuestro de los elementos probatorios de la presunta infracción, citar y hacer comparecer a las personas que se considere procedente pudiendo recabar el auxilio de la fuerza pública si fuere necesario.

- La iniciativa permite ordenar el cese de la rotulación, publicidad o la conducta que infrinja las normas establecidas por la presente ley, durante la instrucción del pertinente sumario.

- En caso de reincidencia antes de que pasen los tres años de la primera infracción, las sanciones duplicarán los límites mínimo y máximo de las multas.

- Además incorpora el concepto de reincidencia para el caso de los que cometen una nueva infracción antes de los tres años y en este caso las sanciones "duplicarán los límites mínimo y máximo de las multas".