Las claves de la devolución del descuento del medio aguinaldo por Ganancias
La AFIP avisó que se podrá iniciar el trámite para recuperar los descuentos sufridos, pero que no será automático.
El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, anunció que quienes sufran descuentos del medio aguinaldo por Impuesto a las Ganancias podrán recuperar el monto si inician el trámite correspondiente en la página web del organismo.
Los puntos más importantes de la devolución:
- El trámite se podrá realizar luego de la promulgación de la ley de Amnistía Fiscal.
- Los beneficiarios de la medida serán quienes hayan cumplido con sus obligaciones fiscales en 2014 y 2015.
- Quienes recuperen el descuento estarán eximidos de pagar Bienes Personales en 2016; 2017 y 2018.
- El contribuyente que pague Ganancias pero no Bienes Personales deberá solicitar la devolución en el SIRADIG del portal de la AFIP, micrositio del organismo, donde se encontrará una opción para solicitar el beneficio de la amnistía fiscal.
- El trámite se puede iniciar hasta el 31 de enero de 2017.
- Para estar eximido del impuesto a los Bienes Personales, deberá entrar con su clave fiscal a una ventana que se habilitará con el nombre "Beneficios para cumplidores"
- Las devoluciones serán depositadas en el CBU del contribuyente, donde se descontarán las deudas con el fisco.