La salud de la Presidente: ¿Cristina puede ejercer su cargo a pesar de estar enferma?
Ante la noticia de que la Presidente deberá permanecer en reposo 30 días, todos se preguntan qué ocurrirá. ¿Qué establece la Constitución?
Ante el anunciado reposo que deberá hacer la presidente Cristina Fernández de Kirchner, debido a una colección subdural crónica, todos se preguntaron ¿cómo es la cadena de sucesión y qué ocurrirá con el sillón de Rivadavia?
El doctor Andrés Gil Domínguez, abogado constitucionalista, habló con Chiche Gelblung sobre los pasos posibles a seguir de ahora en más, según la Constitución Nacional.
"La Constitución lo que dice es que en caso de que exista una enfermedad que inhabilite, debe hacerse el traspaso de poder y en ese caso el vicepresidente asumiría el rol de presidencia en tanto se recupere la Presidente", explicó.
Pero, ¿es ese este caso? "El punto neurálgico es si la enfermedad que tiene ahora Cristina le impide ejercer sus funciones. En ese caso deberá hacer uso del artículo de la Constitución y delegar transitoria mente el poder. Pero, si puede seguir ejerciendo el poder (porque la enfermedad que tiene no se lo impide) no es necesario que delegue sus funciones".
"Puede seguir ejerciendo el cargo y delegar ciertas cuestiones protocolares (viajes, actos y demás), sin que este la situación de acefalia transitoria, es una cuestión clínica y personal. Por eso habría que saber, ¿hasta dónde está impedida de ejercer sus funciones?", agregó.
"Eso lo dirán los médicos", respondió el abogado y continuó: "Distinto sería si la enfermedad la inhabilitara permanentemente. Si tuviera incapacidad de gobernar, puede renunciar o que el congreso haga un juicio político, una inactividad permanente es una de las causas por las que un presidente puede y dejar su cargo. En esos casos, si se tiene que ir, el período lo completa el vicepresidente", concluyó.