La revisión del pasado en Brasil
En Brasil, contrariamente a lo sucedido en nuestro país, la recuperación democrática no derogó la amnistía legada por el régimen autoritario y aunque existieron también comisiones e informes que investigaron lo sucedido durante ese período, no se llevaron adelante juicios que permitieran esclarecer y sancionar los delitos cometidos.
Un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) acaba de condenar a Brasil por graves abusos perpetrados durante la última dictadura militar, declarando la invalidez de la ley de amnistía sancionada en 1979 que impide hasta la fecha la investigación y el castigo de sus responsables. Se trata de un fallo que ratifica los avances del derecho internacional en materia de sanción a las violaciones de derechos humanos y acompaña la jurisprudencia.
En Brasil, contrariamente a lo sucedido en nuestro país, la recuperación democrática no derogó la amnistía legada por el régimen autoritario y aunque existieron también comisiones e informes que investigaron lo sucedido durante ese período, no se llevaron adelante juicios que permitieran esclarecer y sancionar los delitos cometidos.
La sentencia de la CIDH recuerda que el Estado es responsable por los delitos de desaparición forzada de personas, los cuales tienen el carácter de imprescriptibles. Las normas jurídicas que impiden investigar y sancionar dichos delitos, sostiene el Tribunal internacional, resultan incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos, de la cual Brasil es signatario, y carecen por lo tanto de efectos jurídicos. Si bien es cierto que cada país ha seguido su propio camino de revisión del pasado, se destacan aquellas experiencias en las que se pudieron esclarecer y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos, a través de la actuación de una Justicia independiente y sin interferencias políticas ni abusos de poder.
Un fallo de la CIDH sanciona al Estado brasileño por no permitir la investigación y sanción de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante el último régimen militar.
En Brasil, contrariamente a lo sucedido en nuestro país, la recuperación democrática no derogó la amnistía legada por el régimen autoritario y aunque existieron también comisiones e informes que investigaron lo sucedido durante ese período, no se llevaron adelante juicios que permitieran esclarecer y sancionar los delitos cometidos.
La sentencia de la CIDH recuerda que el Estado es responsable por los delitos de desaparición forzada de personas, los cuales tienen el carácter de imprescriptibles. Las normas jurídicas que impiden investigar y sancionar dichos delitos, sostiene el Tribunal internacional, resultan incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos, de la cual Brasil es signatario, y carecen por lo tanto de efectos jurídicos. Si bien es cierto que cada país ha seguido su propio camino de revisión del pasado, se destacan aquellas experiencias en las que se pudieron esclarecer y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos, a través de la actuación de una Justicia independiente y sin interferencias políticas ni abusos de poder.
Un fallo de la CIDH sanciona al Estado brasileño por no permitir la investigación y sanción de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante el último régimen militar.