La justicia avala la zona roja
Un fallo rechazó la demanda presentada por el "Buenos Aires Lawn Tennis Club" contra la "zona roja" en los bosques de Palermo.
Un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la demanda presentada por el "Buenos Aires Lawn Tennis Club" contra la existencia de una "zona roja" de los bosques de Palermo.
La decisión de la Cámara fue tomada por mayoría, ya que mientras Carlos Balbín y Horacio Corti se opusieron al pedido del Buenos Aires Lawn Tennis Club, Inés Weimberg, opinó que se debía atender el reclamo de la institución.
En este sentido, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) consideró "inapropiada la postura de la jueza Inés Weimberg a favor de atender el reclamo del Club".
El voto que se impuso sostuvo como argumento que "el club demandante no está incluido en las previsiones" del Código de Convivencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), que fija los límites geográficos dentro de los cuales está permitida la oferta de sexo.
Para la mayoría de la Sala I de la Cámara, la sede del club "no constituye una vivienda, ni un establecimiento educativo o templo religioso".
La decisión de la Cámara fue tomada por mayoría, ya que mientras Carlos Balbín y Horacio Corti se opusieron al pedido del Buenos Aires Lawn Tennis Club, Inés Weimberg, opinó que se debía atender el reclamo de la institución.
En este sentido, la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) consideró "inapropiada la postura de la jueza Inés Weimberg a favor de atender el reclamo del Club".
El voto que se impuso sostuvo como argumento que "el club demandante no está incluido en las previsiones" del Código de Convivencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), que fija los límites geográficos dentro de los cuales está permitida la oferta de sexo.
Para la mayoría de la Sala I de la Cámara, la sede del club "no constituye una vivienda, ni un establecimiento educativo o templo religioso".