La Anmat prohibió el uso de varios productos médicos, un aceite de oliva y otros alimentos
Así se dispuso este martes por la Administración por diferentes irregularidades. La medida fue publicada en el Boletín Oficial.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este martes, a través del Boletín Oficial, la comercialización en todo el territorio nacional de varios productos médicos, un aceite de oliva y algunos alimentos en conserva.
La Anmat prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país de un kit de ropa descartable estéril para odontología y de unas limas que se utilizan en endodoncia porque, según señaló, "revisten riesgo sanitario para los eventuales usuarios".
Tal como detalló en la disposición 7945/2019 del Boletín Oficial, los productos médicos que quedarán prohibidos son aquellos que estén rotulados de la siguiente manera: "'Files-Stainless Steel-Kerr -Product of Mexico- made from U.S. Component SP 98062 W0438490', 'Rae producto descartable estéril -kits odontológico estéril blanco- Código: 885. Contenido: 2 camisolines con puño de algodón, 1 capuchón para PAC, 2 campos de 0,90 x 0,90 cm. y 2 cubremangueras', y 'K Files Stainless- Ref 963-Uniflex'".
En ese documento, la Anmat aclaró que la decisión se mantendrá "hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica" de la administración. Y explicó que esto se debe a que no puede asegurar que aquellos productos que no están aprobados por esta entidad "cumplan con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de productos".
La Administración también prohibió este martes la comercialización en todo el territorio nacional del alimento "Aceite de Oliva extra virgen, 100% Natural, Origen Tinogasta - Catamarca", debido a que se encontraba falsamente rotulado, y por tal motivo se lo considera un producto "ilegal".
Además se prohibió la comercialización en todo el territorio nacional, excepto en la provincia de Río Negro, de una serie de alimentos en conserva producidos por la marca Granjas Patagónicas por carecer de autorización.
Aunque indicaron que todos los productos de esta marca están incluidos, en la disposición 7951/2018 se detalló: "Paté de salmón a la crema"; "Salmón en aceite con alcaparras y almendras ahumadas"; "Paté de Cordero al vino blanco y romero"; "Salmón ahumado en aceite"; "Trucha en aceite con pimienta y limón"; "Paté de trucha con champignones"; "Paté de ciervo con hongos del sur"; "Trucha ahumada en aceite con castañas tostadas", entre otros.
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