La ANMAT prohibió el uso de una conocida marca de aceite de oliva
Debido a que no cumplía con las condiciones bromatológicas necesarias, la ANMAT quitó de circulación esta marca de aceite de oliva.
A través de la correspondiente publicación en el Boletín Oficial la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó que quedaba prohibida la venta de una reconocida marca de aceite de oliva.
Se trata del "aceite de oliva Blend Gourmet, marca Olivalle, con el símbolo facultativo de alimento libre de gluten, RNPA N° 02- 588337, envasado y elaborado por RNE N° 02-034846, origen La Rioja".
"El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos, 6 bis, 13, 155, 1383 y 1383 bis del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, consignar el símbolo facultativo de alimento libre de gluten sin estar autorizado como tal y estar falsamente rotulado al presentar en el rótulo un RNPA perteneciente a otro producto y que no está vigente y un RNE que corresponde a otra firma, resultando ser en consecuencia ilegal", informó ANMAT en la disposición 2090/2018.
Y añadió: "Que por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284".