La AFIP habilitará a partir del 16 de agosto la devolución de Ganancias por el aguinaldo
El trámite será online y se podrá reclamar la exención de Bienes Personales. Será indispensable estar en regla con el organismo.
A partir del 16 de agosto, la AFIP habilitará el trámite online para reclamar la exención al impuesto a los Bienes Personales y la devolución del impuesto a las Ganancias correspondiente al medio aguinaldo de junio.
Asimismo, por el blanqueo de capitales y moratoria impositiva, el Gobierno premiará a los buenos contribuyentes con la exención del impuesto a los Bienes Personales correspondiente a 2016, 2017 y 2018.
El organismo habilitará una herramienta especial para realizar el trámite de las devoluciones en su página web a partir del 16 de agosto y hasta el 31 de marzo de 2017.
En cuanto al proceso, deberá ingresar con su clave fiscal con nivel de seguridad 3 a la web de AFIP. Allí se habilitará el servicio "Sistema Registral" y la opción "Características especiales".
Como condición excluyente, quien tramite el no pago de Bienes Personales no podrá pedir que le restituyan lo que le retuvieron de Ganancias al Sueldo Anual, complementario de mitad de año. Además, habrá que constituir ante la AFIP un domicilio fiscal electrónico e informar teléfono y dirección de mail de contacto.
¿Qué controlará la AFIP?
La presentación de todas las declaraciones juradas correspondientes a los períodos fiscales 2014 y 2015. Habrá que estar al día con los trámites ante el organismo.
La inexistencia de deudas líquidas y exigibles correspondientes a las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, relativas a los dos últimos años.
Asimismo, por el blanqueo de capitales y moratoria impositiva, el Gobierno premiará a los buenos contribuyentes con la exención del impuesto a los Bienes Personales correspondiente a 2016, 2017 y 2018.
El organismo habilitará una herramienta especial para realizar el trámite de las devoluciones en su página web a partir del 16 de agosto y hasta el 31 de marzo de 2017.
En cuanto al proceso, deberá ingresar con su clave fiscal con nivel de seguridad 3 a la web de AFIP. Allí se habilitará el servicio "Sistema Registral" y la opción "Características especiales".
Como condición excluyente, quien tramite el no pago de Bienes Personales no podrá pedir que le restituyan lo que le retuvieron de Ganancias al Sueldo Anual, complementario de mitad de año. Además, habrá que constituir ante la AFIP un domicilio fiscal electrónico e informar teléfono y dirección de mail de contacto.
¿Qué controlará la AFIP?
La presentación de todas las declaraciones juradas correspondientes a los períodos fiscales 2014 y 2015. Habrá que estar al día con los trámites ante el organismo.
La inexistencia de deudas líquidas y exigibles correspondientes a las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, relativas a los dos últimos años.