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La AFIP anuncia cambios en las presentaciones de Ganancias ¿qué pasará con los pagos?

desde el organismo aseguran que se debe a las diversas dificultades que trajo aparejado el cambio de los sistemas de liquidación.

La AFIP informó que se postergan por 30 días los próximos vencimientos de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. La medida sólo traslada la fecha de presentación, pero no así las de los pagos de los impuestos, que siguen venciendo del 12 al 14 de junio.

La extensión del plazo se debe a las diversas dificultades que trajo aparejado el cambio de los sistemas de liquidación, porque pasaron de una plataforma que trabajaba en la PC de los contadores a un sistema online, que funciona desde la propia página Web del organismo que encabeza Leandro Cuccioli.

El sistema unificado que funcionaba bajo la plataforma SIAP, para el ejercicio 2017, fue reemplazado por dos sistemas independientes que están colgados en la página del Organismo. Pero, si bien la medida trae más tiempo y tranquilidad a los contadores, para determinar cuánto hay que pagar de impuesto, tanto de Ganancias como de Bienes Personales hay que utilizar el programa de la AFIP; o sea, es necesario trabajar y hacer la liquidación.

Muchos podrán estimar o hacer los cálculos por afuera en una planilla excel, abonando el contribuyente el impuesto y luego el mes siguiente realizar la presentación formal definitiva.

Otra opción que no habría que descartar es trasladar el pago también al mes que viene, abonando el impuesto más los intereses del 3%, por pago fuera de término. En este último caso la AFIP no podría aplicar multas aunque sí intimar al contribuyente al pago de los impuestos.

Para los que se encuentran inscriptos, o para los que no lo están pero tengan que pagar, los vencimientos se trasladan del 11 al 13 de junio al 11 al 13 de julio.

Sin embargo, en el comunicado la AFIP expresa que el miniplan de facilidades de pago que está vigente sólo lo podrán presentar los que realicen la presentación hasta el 30 de junio.

Para los empleados en relación de dependencia, que están obligados a presentar las declaraciones juradas informativas por haber igualado o superado los ingresos del año 2017 de un millón de pesos, el vencimiento original es el 30 de junio, y ahora habrá que ver si la prórroga para la presentación también los alcanza a ellos, pudiendo hacerla en el mes de julio, como ocurre con los autónomos.