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Juez que liberó al asesino de Tatiana: "Los magistrados no son garantes del comportamiento de liberados"

El juez de Ejecución Penal Axel López fue el que le otorgó la libertad condicional al remisero Juan Ernesto Cabeza tras cumplir 16 de los 24 años de prisión a los que fue condenado por abusos sexuales.

El juez de Ejecución Penal Axel López aseguró que los magistrados "no son garantes" del comportamiento futuro de los liberados, según un escrito que presentó en 2010 como descargo ante el Consejo de la Magistratura, tras ser denunciado por los padres de una joven asesinada por un preso al que le otorgó salidas transitorias.

El juez López es el mismo que el 26 de septiembre otorgó la libertad condicional al remisero Juan Ernesto Cabeza tras cumplir 16 de los 24 años de prisión a los que fue condenado por abusos sexuales y que ayer quedó detenido como autor de la violación y homicidio de Tatiana Kolodziez en Resistencia.

Hace dos años, los padres de Soledad Bargna habían solicitado tras el crimen de su hija el juicio político del juez López por otorgar salidas transitorias a un preso que, durante uno de esos permisos, el 22 de mayo de 2009, violó y mató a la chica en un departamento del barrio porteño de Caballito.

Sin embargo, el Consejo de la Magistratura aprobó un dictamen de la Comisión de Disciplina y Acusación que aconsejaba desestimar la denuncia y rechazó en octubre de ese mismo año iniciar el jury al magistrado.

"Los magistrados no somos garantes del comportamiento futuro de las personas que son reintegradas al medio libre", acotó el juez López, al advertir que el acusado por el crimen de Bargna, al que le otorgó 11 salidas transitorias, tenía una calificación de "nueve" en conducta carcelaria.

Además, remarcó que "los jueces no resuelven en base a supuestas técnicas predictivas" y dijo que la fiscalía se opuso a todas las salidas del acusado Marcelo Pablo Díaz, pero "nada se hizo para impedir o revisar la ejecución de lo resuelto".

López había afirmado en su escrito que su juzgado "registra más de mil cien legajos correspondientes a internos y sobran los dedos de una mano para contar situaciones similares a las que registró el condenado Díaz", referidas a permisos de salida.

"Teniendo en cuenta la opinión dominante de los medios de comunicación masivos, considero que, de acreditarse científicamente que todas las personas condenadas por delitos de orden sexual son enfermos irrecuperables que invariablemente repetirán su conducta desviada y que, por lo tanto, merecen una consideración distinta en la ley penal, debería promoverse una reforma legislativa verdaderamente integral que complete dicha situación", justificó.