Hacia la abolición de la pena de muerte
*Por Stella Maris Martínez. Durante los días 21, 22 y 23 de septiembre el Ministerio Público de la Defensa organizó el "Congreso sobre abolición universal de la pena de muerte y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes" en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
Este encuentro tuvo por objeto construir un espacio de diálogo sobre las experiencias en América Latina y Europa respecto de la investigación, sanción y prevención de hechos de tortura y otros tratos denigrantes y de la implementación de una estrategia universal orientada a la abolición de la pena de muerte.
El Congreso contó con la participación de distinguidos académicos de España, Italia, Estados Unidos y de nuestro país, además de funcionarios comprometidos con esta temática. Cabe destacar las conferencias magistrales del Dr. Luis Arroyo Zapatero, presidente de la Sociedad Internacional de Defensa Social y catedrático de la Universidad de Castilla La Mancha; de la Dra. Sandra Babcock, catedrática de la Universidad de Chicago y defensora de personas condenadas a la pena capital, y del Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni, ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Si bien en nuestro país no se encuentra legislada la pena de muerte, e incluso a partir de la reforma constitucional de 1994 y la incorporación al bloque de constitucionalidad de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos a través del artículo 75 inciso 22 resulta jurídicamente imposible incorporarla a nuestro catálogo de sanciones, actualmente países centrales como Estados Unidos, China y Japón la aplican con habitualidad.
No obstante ello, es posible afirmar que existe una tendencia hacia la abolición de la pena capital a nivel global. Si bien esta forma de castigo se encuentra aceptada legalmente en 69 países, en el último año sólo 23 la han aplicado.
Las razones para la persistencia de este fenómeno anacrónico son múltiples y varían respecto de cada país. En el ámbito americano, región en la que sólo la aplican Estados Unidos, Guatemala y algunos países del Caribe angloparlante, los discursos políticos para sostener este tormento tienen como común denominador la utilización del miedo de la población a la inseguridad y la producción de mitos tales como su poder de disuasión de delitos violentos, hecho nunca verificado por estudios empíricos elaborados por sociólogos y criminólogos.
Afirmar el anacronismo de este castigo no implica negar su lamentable actualidad. Durante la semana de desarrollo del Congreso, en Estados Unidos se llevó a cabo la ejecución de un ciudadano afroamericano llamado Troy Davis, en la cárcel de Jackson, Georgia.
Pese a los numerosos pedidos de clemencia de Amnistía Internacional y la Unión Europea, entre otros organismos e instituciones, el Estado de Georgia decidió ejecutar a Troy Davis, quien fuera condenado hace 20 años, a través de un proceso irregular, por la muerte de un policía blanco.
Es innegable que la discriminación y selectividad del sistema penal alcanza su mayor grado de iniquidad al aplicar este castigo cruel.
Otro de los ejes temáticos del Congreso consistió en debatir en torno a la prevención y sanción de hechos de torturas y de otros tratos o penas inhumanas y degradantes. En el transcurso de esta discusión se señaló con preocupación la situación de las personas privadas de su libertad que, en numerosos casos, son sometidas a prácticas ilegales por parte de agentes del Servicio Penitenciario.
Con relación a ello, se debatieron estrategias enderezadas a evitar la impunidad de los autores en estos casos mediante investigaciones judiciales diligentes.
Por otra parte, se contó con experiencias comparadas tanto en la prevención e investigación de estos hechos –sobre la base de la implementación del Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura– como en litigios estratégicos sobre la materia.
Éste es el caso de la provincia de Mendoza, en cuya penitenciaría se verificaron graves casos de torturas y malos tratos que motivaron la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Tal como he señalado, uno de los aspectos centrales radica en obtener una investigación satisfactoria ante denuncias realizadas por torturas practicadas dentro de las unidades carcelarias.
En un intento por alcanzar este objetivo, la Defensoría General de la Nación ha puesto en marcha un Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico que tiene por objetivo acompañar a las víctimas de hechos de tortura o malos tratos en su intervención como querellantes en la investigación judicial.
Otra acción emprendida por la Defensoría General consiste en la implementación de una base de registro sobre casos de tortura y malos tratos que tiene como objetivo recabar información y dar seguimiento a los casos informados por los defensores públicos oficiales. Este registro ha tomado como modelo la experiencia exitosa realizada por la Defensoría General de la provincia de Chubut.
El impulso de estas medidas constituye un mandato indelegable para la defensa pública. La protección efectiva de las personas que se encuentran privadas de su libertad es una labor que los distintos actores del sistema de Justicia debemos afrontar con especial responsabilidad día a día, toda vez que se trata de un grupo en condiciones de vulnerabilidad (de acuerdo con lo establecido por las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad).
La lucha por erradicar la pena de muerte y la práctica de torturas está lejos de concluir. Sin embargo, actividades como este Congreso contribuyen a incorporar en la agenda política e institucional la necesidad de implementar estrategias conjuntas que nos acerquen a ese objetivo.
(*) Abogada. Defensora General de la Nación