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Germán Garavano, sobre el límite a las prisiones preventivas: “No deberían haber liberaciones masivas de detenidos”

El Ministro de Justicia se refirió a la nueva reglamentación del Código Procesal Penal, que limita en qué casos se podrá aplicar la figura legal por la cual están detenidos, entre otros, Julio De Vido.

El ministro de Justicia, Germán Garavano, evaluó hoy que los cambios introducidos por la reglamentación de la nueva ley procesal penal federal en la materia de prisión preventiva no deberían derivar en la “liberación masiva de detenidos”. “Lo que se hizo fue fijar reglas más claras, fijar pautas objetivas”, afirmó el funcionario en declaraciones a radio La Red, en relación a la figura legal por la cual se encuentra detenido el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, entre otros ex funcionarios.

“Por ejemplo, en la ciudad de Buenos Aires tenemos un Código vigente que fijaba otra forma de de resolver las libertades, pero desde hace mucho tiempo los jueces habían dejado de lado lo que decía el código para aplicar la prisión preventiva sobre dos temas de la jurisprudencia, como el peligro de fuga y la obstrucción de la justicia. Ahora, el nuevo Código toma esto que decían los jueces y da ejemplos”, explicó el ministro, que dejará su cargo el próximo 10 de diciembre.

Garavano ya se había referido a esta posibilidad ayer, tras la reunión de gabinete en Casa Rosada, en donde señaló que "bajo ningún concepto deberían autorizarse ningún tipo de libertades anticipadas o revocatorias de prisiones preventivas dictadas”. En este sentido, dijo que el pedido de liberación “podría sí ser planteadas por las personas que está privadas de libertad, pero en principio lo que ha hecho el Código Procesal Penal Federal es mantener las causales existentes, pero describe objetivamente supuestos muy específicos” para dictar la prisión preventiva.

Ayer se publicó en el boletín Oficial la resolución 2/2019 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal, por la cual se avanza en la aplicación de esa norma en todo el país, en donde regirá a partir del viernes próximo, y que, entre otras puntos, plantea límites a las prisiones preventivas de los acusados por los delitos de corrupción y de crimen organizado, como narcotráfico y secuestros. Pero también para los casos de robos y violaciones en la ciudad de Buenos Aires.

Según Garavano, los argumentos que establece el nuevo Código ya son aplicados por los jueces al dictar las prisiones preventivas. Pero lo que puede generar son presentaciones de abogados defensores y se deberá analizarse caso por caso, como el de De Vido, que reclamó su liberación ante los tribunales orales que tienen en sus manos la causa Río Turbio y el caso de los cuadernos.

Tras el planteo, el Tribunal Oral Federal 1 rechazó el pedido en una votación dividida. “El pedido de excarcelación formulado por la defensa no puede tener recepción favorable, pues estamos ante un proceso sumamente complejo cuya instrucción demandó aproximadamente dos años, cuya presunta maniobra delictiva involucra a varios imputados”, dice la resolución firmada por los jueces Adrián Grünberg, José Michilini y Ricardo Basílico.

Sin embargo, decidieron hacer lugar a analizar el pedido de arresto domiciliario para el ex ministro que en diciembre cumplirá 70 años. Para eso, sin embargo, no hay plazos.

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