Fondos judiciales y federalismo
Por Alejandro Fargosi* El Gobierno busca los fondos de los sueldos y de los depósitos judiciales que hasta ahora se consolidaban en el Banco Ciudad.
Lo hace a través de un proyecto de ley en el Congreso para que los depósitos sean exclusivamente del Banco Nación y a través de una propuesta al Consejo de la Magistratura para que los sueldos judiciales se paguen exclusivamente a través de ese banco.
Invoca como justificación para cambiar lo que viene sucediendo hace décadas el que por tratarse de fondos federales deben canalizarse a través del Banco Nación y no por bancos locales como el Ciudad y los provinciales.
Es un grave error constitucional , porque los depósitos judiciales no son del Estado y menos del Gobierno sino de las partes que litigan y su administración, mientras dura el pleito, corresponde al Poder Judicial y no al Poder Ejecutivo, como la Corte lo ha dicho en muchas oportunidades. Que se hayan dictado leyes atribuyéndolos a tal o cual banco no implica que hayan sido constitucionales, porque la facultad de decidir dónde se realizan es judicial y no gubernamental.
Los sueldos judiciales son fondos federales hasta el momento en el que se giran a sus destinatarios, instante a partir del cual les pertenecen a cada magistrado o funcionario. Lo lógico es que en cada lugar el depósito se realice en el banco local: el Ciudad en la capital y los bancos de cada provincia en el interior.
Que hasta ahora esos bancos provinciales no hayan tenido esos recursos no debe ser expandido al Ciudad sino exactamente al revés: debe generalizarse lo que ocurre con el Ciudad a todo el interior, dándoles a los bancos provinciales lo que les corresponde y a través de ellos, dándoselos a la gente de cada provincia. Porque tanto los depósitos como los sueldos, al engrosar los fondos de cada banco, permitirán a éstos ampliar su base crediticia que lo lógico es que beneficie a cada región. Si la capacidad de préstamo de esos bancos disminuye, se perjudica a la gente.
El gobierno central no tiene derecho a tener todo.
Depende de nosotros y de la Justicia hacer respetar los límites que fija la Constitución.
Invoca como justificación para cambiar lo que viene sucediendo hace décadas el que por tratarse de fondos federales deben canalizarse a través del Banco Nación y no por bancos locales como el Ciudad y los provinciales.
Es un grave error constitucional , porque los depósitos judiciales no son del Estado y menos del Gobierno sino de las partes que litigan y su administración, mientras dura el pleito, corresponde al Poder Judicial y no al Poder Ejecutivo, como la Corte lo ha dicho en muchas oportunidades. Que se hayan dictado leyes atribuyéndolos a tal o cual banco no implica que hayan sido constitucionales, porque la facultad de decidir dónde se realizan es judicial y no gubernamental.
Los sueldos judiciales son fondos federales hasta el momento en el que se giran a sus destinatarios, instante a partir del cual les pertenecen a cada magistrado o funcionario. Lo lógico es que en cada lugar el depósito se realice en el banco local: el Ciudad en la capital y los bancos de cada provincia en el interior.
Que hasta ahora esos bancos provinciales no hayan tenido esos recursos no debe ser expandido al Ciudad sino exactamente al revés: debe generalizarse lo que ocurre con el Ciudad a todo el interior, dándoles a los bancos provinciales lo que les corresponde y a través de ellos, dándoselos a la gente de cada provincia. Porque tanto los depósitos como los sueldos, al engrosar los fondos de cada banco, permitirán a éstos ampliar su base crediticia que lo lógico es que beneficie a cada región. Si la capacidad de préstamo de esos bancos disminuye, se perjudica a la gente.
El gobierno central no tiene derecho a tener todo.
Depende de nosotros y de la Justicia hacer respetar los límites que fija la Constitución.