Fondos buitre: La Justicia rechazó pedido de Argentina para revisar el fallo
El Tribunal de Apelaciones de Nueva York rechazó hoy el pedido en el caso contra fondos "buitres" por su deuda en default.
El Tribunal de Apelaciones de Nueva York rechazó hoy el pedido de la Argentina de revisar con el pleno de sus jueces el fallo adverso de un panel de esa instancia contra el país sudamericano en el caso contra fondos "buitres" por su deuda en default.
"La apelante República de Argentina presentó un pedido para una revisión por el Tribunal en pleno. Los miembros activos del Tribunal han considerado el pedido de revisión. Se ordena que la petición sea rechazada", indica un corto documento dado a conocer por la justicia federal estadounidense.
El Tribunal de Apelaciones de Nueva York ratificó a fines del año pasado una orden del juez federal Thomas Griesa para que los fondos de riesgo NML Capital y Aurelius cobren de inmediato y en un solo pago 1.330 millones de dólares de capital e intereses adeudados por Argentina desde 2001.
El gobierno argentino apeló ese fallo en segunda instancia adoptado por un panel de tres magistrados y logró la suspensión de la orden hasta que se dicte sentencia definitiva.
Junto al pedido de frenar la aplicación de la orden, Argentina pidió que el pleno del Tribunal de Apelaciones (integrado por 13 jueces activos) revisara la decisión del panel, lo que le fue denegado el martes, en un revés importante para su estrategia legal.
El pasado 27 de febrero, en una audiencia considerada crucial para el caso, Argentina advirtió a la justicia estadounidense que no acataría un fallo que la obligue a pagar a los fondos de riesgo el 100% de los que exigen cobrar por bonos en default.
En cambio, el gobierno argentino propuso un canje como el que aceptaron más del 92% de los tenedores de bonos en default de 2001 y que incluyó quitas de hasta el 75% en el valor nominal de los títulos y nuevos vencimientos de entre 28 y 33 años.
A principios de mes, el Tribunal dio plazo a Argentina hasta el próximo 29 de marzo para que "someta por escrito al tribunal los términos precisos de una fórmula alternativa de pago y un calendario a los cuales está preparada para comprometerse".