El Voto a comuneros de otra sección electoral será valido
Por única vez para las elecciones porteñas que se desarrollan hoy, el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires estableció que el voto de comuneros emitido con una boleta que no corresponda a la sección electoral del votante se considerará igualmente válido y computará para los candidatos de ese partido en esa comuna.
"Por esta única vez que se tome como válida en la referida categoría la opción por partido político efectuada por el elector sin que importe que la boleta con la cual se sufraga no se refiera a los candidatos a la Junta de la Comuna en la cual efectivamente se votó", explicó José Osvaldo Casás, uno de los integrantes del tribunal al justificar su fallo.
La decisión unánime se emitió a raíz de un planteo de los apoderados de los partidos Proyecto Sur y Propuesta Republicana, al que adhirieron en una audiencia convocada por el Tribunal casi la totalidad de los partidos y alianzas que participan en la elección de hoy.
En su voto, el presidente del Tribunal, Luis Lozano, dijo que "computar la inclusión de una boleta de una comuna distinta como voluntad de elegir a los candidatos de partido en la comuna en que se ejerce el derecho constituiría, en el criterio de los requirentes, un modo de dar, a la voluntad del elector, un contenido más fiel a su sentir que anularlo, eliminándolo del cómputo respectivo".
Por su parte, otra de las integrantes del tribunal, Alicia Ruiz, aconsejó "admitir excepcionalmente, y para los comicios referidos" la validez del voto a candidatos comunales de otra sección electoral.