El verdadero debate universitario
El debate por la supresión de la contribución estudiantil puede resultar anecdótico, pero no lo es la necesidad de que la UNC se someta a una discusión abierta y profunda sobre su naturaleza y funciones.
Es harto probable que el arduo debate provocado por la supresión de la contribución estudiantil en la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) no sea más que una anécdota dentro de muy poco tiempo.
La ordenanza derogada, promulgada el 18 de mayo de 1990, tenía visos provisorios y de excepcionalidad desde su primer párrafo: "Vistas –decía– las severas restricciones presupuestarias impuestas por el Gobierno nacional, y considerando la necesidad de tomar disposiciones urgentes para mantener la actividad universitaria (...)". Quiere decir, entonces, que fue una consecuencia de la visión negativa de un Gobierno, el menemista, hacia lo público. Las autoridades universitarias consideraron esa actitud como una amenaza para la normalidad académica.
La ordenanza tenía también esa redacción culposa, propia de quienes se sentían conscientes de que, con un arancelamiento de los estudios universitarios, estaban violentando la gratuidad, una de las banderas centrales de la Reforma de 1918, movimiento de origen cordobés que se extendió por casi toda Latinoamérica y que, entre otras cosas, acabó con las entonces estructuras cerradas, patriarcales y semifeudales, propias de tiempos coloniales y eclesiásticos.
Había, asimismo, una enumeración caótica del destino de esos fondos, que mezclaba becas con costos de los trabajos prácticos y otros gastos vinculados a la actividad académica.
La norma derogada fijaba una suma anual irrisoria como arancel. Por otra parte, se establecía en el artículo siete que ningún estudiante perdería sus estudios si no podía pagarlo. En la práctica, ser eximido de la contribución exigía engorrosos trámites administrativos que desalentaban tal petición; por lo tanto, se aplicaba a casi toda la comunidad. El aporte tendrá ahora el carácter de voluntario y se destinará con prioridad a financiar becas y a la mutual universitaria.
La derogación no producirá, pues, grandes efectos prácticos, sobre todo porque uno de los requisitos de su aceptación fue el compromiso formal de incorporar los gastos de funcionamiento al presupuesto anual asignado a cada facultad, lo que está garantizado ahora por el fuerte crecimiento de los recursos en el período 2003-2010.
Sería loable, sin embargo, que se aprovechara la ocasión para impulsar un debate abierto y profundo acerca de la naturaleza y las funciones de la universidad en el mundo actual.
La Reforma se acerca al centenario y no es posible que aquél haya sido el último cambio profundo vivido por la institución y se siga insistiendo con esta suerte de "progresismo al revés", basado en un principio no siempre justo. La sociedad percibe que la gratuidad no garantiza el ingreso universal y, al final, beneficia a quienes bien podrían afrontar una contribución que debería usarse en mejorar la calidad educativa, incluido el uso de moderna tecnología.