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El tratamiento de los residuos urbanos

Una decisión judicial determinó, días pasados, que debía realizarse un cierre perimetral y mejoras en un basural ubicado en una zona de Guaymallén. El tratamiento de los residuos domiciliarios debería constituir una política de Estado, ya que está en juego la salud de miles de mendocinos.

Una reciente decisión judicial, respecto de una situación planteada en un distrito de Guaymallén, sacó a la superficie un tema que tiene poca trascendencia a nivel de opinión pública pero que resulta fundamental para la salud de miles de mendocinos: el de un tratamiento adecuado a los residuos domiciliarios. Para la solución del problema tuvo que intervenir la Justicia, luego de un amparo promovido por una asociación civil sin fines de lucro, a los efectos de que se arbitren medidas destinadas a evitar los efectos de impacto ambiental y para evitar el ingreso sin control de personas, en particular niños, a un basural ubicado en Puente de Hierro.

El magistrado interviniente, luego de reunirse con las partes interesadas -entre las que figuró la Municipalidad de Guaymallén- decidió ordenar la construcción de un cierre perimetral, de una casilla de control y de una torre de vigilancia, a la vez que estableció un sistema de informes y monitoreo para conocer el avance de las obras. Se indicó que, una vez finalizada esta etapa, quedará pendiente la tarea de convertir el basural en una verdadera planta de tratamiento de residuos sólidos.

La ley nacional 25.916 define a los residuos sólidos urbanos como aquellos elementos, objetos  o sustancias que, como consecuencia de los procesos de consumo y desarrollo de actividades humanas, son desechados y/o abandonados. Destaca que los objetivos a alcanzar son los de lograr un adecuado y racional manejo de los residuos domiciliarios, promover la valorización a través de la implementación de métodos y procesos adecuados, minimizar los impactos negativos que puedan producir sobre el ambiente y lograr la minimización de los residuos con destino a disposición final. En este último aspecto, destaca que deberá efectuarse mediante métodos apropiados que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.

Dice que el transporte deberá realizarse en vehículos debidamente acondicionados para evitar su dispersión en el ambiente y, en lo referido a la disposición final, expresa que los centros de recepción deberán ubicarse en sitios suficientemente alejados de las zonas urbanas; que su emplazamiento contemple el uso del suelo y la expansión urbana durante el lapso que dure el período post-clausura y ubicarse en sitios que no sean inundables.

En algunos países europeos, como Francia, se ha internalizado una cultura por la cual es la propia población la que realiza la selección de los residuos, en lo que hace a papel o cartón, vidrios o elementos no degradables. En Mendoza se intentó una idea similar con contenedores especiales ubicados en la Peatonal Sarmiento, pero los resultados no fueron los mismos.

También debe destacarse la iniciativa que se implementó con el depósito de residuos en una zona de El Plumerillo y su utilización posterior como abono para la implantación de árboles, que han generado, con el paso de los años, importantes bosques en el costado oeste del camino a San Juan.

El tratamiento final de los residuos domiciliarios exige la implementación de una política de Estado en razón de que es mucho lo que está en juego: desde la salud de aquellas personas que, por necesidad, viven del "negocio de la basura", como la de cientos de miles de mendocinos que podrían sufrir los efectos la contaminación, ya sea por el quemado de los residuos como por la que podría producirse en las napas freáticas, en los casos de erróneas ubicaciones de las zonas para el destino final de los residuos.