El Tratado Antártico
* Por Miryam Colacrai. El conocimiento de la Antártida y las actividades que se desarrollaron antes de los años 50 tuvieron una convocatoria muy especial a la cooperación al desarrollarse el Año Geofísico Internacional (1957-58), y se vieron plasmadas en ciertas directrices de acción futura al firmarse el Tratado Antártico (1959).
El conocimiento de la Antártida y las actividades que se desarrollaron antes de los años 50 tuvieron una convocatoria muy especial a la cooperación al desarrollarse el Año Geofísico Internacional (1957-58), y se vieron plasmadas en ciertas directrices de acción futura al firmarse el Tratado Antártico (1959). Sin embargo, la posibilidad de tomar medidas concretas no estaba garantizada hasta el momento en que todas las partes involucradas ratificaran el mismo, lo cual ocurrió el 23 de junio de 1961.
Sus miembros originarios, Argentina, Australia, Bélgica, Chile, Francia, Japón, Nueva Zelandia, Noruega, Sudáfrica, la URSS, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Estados Unidos, pudieron establecer las bases que regularían el futuro de la región antártica.
Puede dimensionarse su envergadura si se tiene en cuenta que se negoció y firmó en plena Guerra Fría y que, al comprometer en una negociación de estas características a la Unión Soviética y Estados Unidos, se convirtió en el primer paso hacia la "coexistencia pacífica". En virtud de este Tratado, un continente y sus mares circundantes —que de otra manera podrían haber sido el lugar para extender las disputas entre las superpotencias así como otros conflictos- fue transformado en un laboratorio no militarizado, libre de armas nucleares y de desarrollo científico conjunto.
Se desprenden de aquí las motivaciones que llevaron a los estados con intereses antárticos a cooperar, y particularmente aquellos con reivindicaciones territoriales —como el caso de la Argentina- que podían ser objeto de conflicto. Si cada uno de ellos hubiese esperado concretar en 1959 la soberanía irrestricta sobre el sector reclamado, es probable que ello hubiese desencadenado un desequilibrio muy peligroso en la región, y habría corrido el riesgo de quedar excluido del esquema de cooperación.
Si se toman en consideración los principios y objetivos del Tratado Antártico puede afirmarse que tres ejes centrales se constituyeron en el "corazón" del sistema jurídico-político que se inauguraba en la Antártida: a) compromiso con la cooperación científica internacional; b) equilibrio pacífico y no militarización de la región; c) desnuclearización.
En primer lugar, la libertad de investigación científica y la cooperación internacional se enmarcó dentro de un alto grado de responsabilidad para que ellas se llevaran a cabo según los preceptos del Tratado Antártico. Se pretendió asegurar que todo Estado que deseara desarrollar actividades científicas lo hiciera sometiéndose al régimen establecido.
A posteriori, todo el sistema de convenciones y reglamentaciones que se han firmado logró mantener y desarrollar sus propósitos originarios. Estos se basan en el mantenimiento de la paz y la seguridad -incluida la dimensión ambiental de ésta-, la cooperación científica y la libertad de investigación.
Como característica de la cooperación científica se impulsó el intercambio de información entre los miembros acerca de proyectos, del personal técnico y científico de las distintas estaciones como así también de las observaciones y resultados, haciendo circular dicha información.
El segundo eje tiene que ver con la utilización exclusiva de la Antártida para fines pacíficos. Es sabido que una de las preocupaciones mayores al firmarse el Tratado Antártico fue evitar que la región pudiera convertirse en escenario de acciones bélicas, por lo cual era fundamental que se garantizara su "no militarización".
El tercer eje, relativo a la proscripción nuclear (prohibió toda explosión nuclear así como la utilización de la región como depósito de desechos radioactivos) constituye un pilar fundamental para garantizar la "seguridad" y poner a resguardo el frágil ecosistema antártico.
Se conformó así un sistema simple, funcional y pragmático. Un signo de pragmatismo puede verse, claramente, en la adopción de una posición equidistante con relación al reconocimiento de soberanías para aquellas áreas donde se habían proclamado reivindicaciones. El artículo IV del Tratado Antártico soslayó los problemas de soberanía, pero a su vez mantuvo la posición de los Estados reclamantes, para no afectarlos en sus derechos.
La Argentina que se encuentra entre esos estados, ha tenido una actividad constante y efectiva desde 1904 al instalar la Base Orcadas.
Nuestro país tiene el honor de organizar la XXXIV Reunión Consultiva del Tratado Antártico que está teniendo lugar en la Capital Federal desde el pasado 20 de junio hasta el 1 de julio.
Este Tratado que es reconocido como el resultado de uno de los procesos negociadores y de la diplomacia multilateral de mayor éxito de la historia, se erigió como el marco para el desarrollo de las actividades científicas y operó como un facilitador de la protección del medio ambiente.
La fecha que se conmemora es más que oportuna para recordar y realzar uno de sus propósitos fundamentales: "Es en interés de toda la humanidad que la Antártida continúe utilizándose siempre y exclusivamente para fines pacíficos y que no llegue a ser escenario u objeto de discordia internacional".
(*) Profesora de la UNR e investigadora del Conicet y del Centro en Relaciones Internacionales de Rosario (Cerir)