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El Gobierno publicará una resolución para diferir las cuotas de los planes de ahorro de los 0km y eliminará los punitorios
La medida será anunciada en el Boletín Oficial el próximo martes.
El presidente Mauricio Macri continúa con las medidas de "protección al bolsillo". El próximo martes, el presidente publicará una resolución en el Boletín Oficial para que aquéllos que estén pagando un plan de ahorro de un 0km puedan diferir parte de las elevadas cuotas que afrontan y, además, los eximirá del pago de punitorios.
La resolución estimó que esta posibilidad, como la de todas las medidas anunciadas en los últimos dos días tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre. A la actualidad existen en todo el país alrededor de 1.100.000 suscriptores de este tipo de planes.
"Que a través de la presentación efectuada por la Cámara de Ahorro Previo Automotores al Organismo, se plantean la aplicación de diferimientos de pago de un porcentaje de las cuotas partes que se emitan y a abonar mensualmente por los suscriptores de planes de ahorro de círculo cerrado", afirma la norma firmada por Sergio Brodsky, titular de la Inspección General de Justicia (IGJ), que depende del Ministerio de Justicia, que dirige Germán Garavano.
"Queremos acompañar a quienes con esfuerzo pagan mes a mes la cuota de su auto. Nuestro compromiso es estar al lado de los argentinos, siempre", señaló el ministro de Justicia y Derechos Humanos, consultado por este medio.
En la IGJ contaron a LA NACION que las negociaciones con diferentes organizaciones de defensa al consumidor sobre los problemas que se venían generando con los planes de ahorro comenzaron a comienzos de año.
"Que el diferimiento se aplicará al universo de ahorristas y adjudicatarios que pudiesen haber visto afectada su capacidad de pago de las cuotas de sus planes a partir de los aumentos de precios de los bienes suscriptos", señalan los considerandos. Esta semana, algunas automotrices enviaron listas de precios con incrementos de más del 20% a las concesionarias.
Desde el martes, las terminales automotrices ya podrán ofrecer a los suscriptores de planes de ahorro y adjudicatarios que no registren una mora superior a tres cuotas a la fecha de la vigencia de la resolución, el diferimiento del pago de un porcentaje no inferior al 20% de las cuotapartes a emitir por las entidades administradoras. Sin embargo, hoy en la IGJ afirmaban que las terminales ofrecerían incluso porcentajes más altos (hasta del 40%).
"El diferimiento se aplicará como mínimo durante cinco meses desde la aceptación por parte del suscriptor", afirma el artículo primero de la resolución de la IGJ. Además, la norma estima que desde la vigencia de la misma y hasta el 20 de junio de 2020, las administradoras suspenderán el cobro de los intereses punitorios pactados contractualmente como sanción por los pagos realizados fuera de término. Se trata de un tema clave para el aumento de la morosidad.
El diferimiento deberá "preservar y garantizar" el cumplimiento del objeto de los planes de ahorro para fines determinados, y será aplicable a los planes que se hubieran agrupado hasta el 31 de agosto de 2019, dice el artículo tres de la norma a la que accedió LA NACION.
Los demás definen cuestiones administrativas. El cuarto indica que los talones de pago discriminarán el monto total de la cuotaparte y el que corresponda al porcentaje diferido, y que los suscriptores podrán "siempre" abonar la total al vencimiento de la cuota parte. También que las "cargas administrativas" serán calculadas sobre el monto efectivamente pagado.
"El recupero del diferimiento a otorgar, se realizará en las cuotas inmediatamente consecutivas a los meses del diferimiento y en un plazo no inferior a los doce meses", dice el artículo quinto, que agrega: "En caso de que el suscriptor adherido al presente diferimiento resulte adjudicado, el mismo deberá cancelar en su totalidad lo diferido pendiente de recupero hasta el momento, como requisito para la entrega de la unidad".
Por otro lado, el otorgamiento de esta posibilidad (el aplazamiento de las cuotas) será opcional para las administradoras con relación a los suscriptores que sean parte de procesos judiciales. En tanto, según el artículo ocho, el diferimiento se ofrecerá a los suscriptores cuyos planes tengan un plazo de duración igual o mayor a la sumatoria de los períodos de diferimiento y recupero a partir de la vigencia de la norma, que será desde el próximo martes.
La resolución estimó que esta posibilidad, como la de todas las medidas anunciadas en los últimos dos días tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre. A la actualidad existen en todo el país alrededor de 1.100.000 suscriptores de este tipo de planes.
"Que a través de la presentación efectuada por la Cámara de Ahorro Previo Automotores al Organismo, se plantean la aplicación de diferimientos de pago de un porcentaje de las cuotas partes que se emitan y a abonar mensualmente por los suscriptores de planes de ahorro de círculo cerrado", afirma la norma firmada por Sergio Brodsky, titular de la Inspección General de Justicia (IGJ), que depende del Ministerio de Justicia, que dirige Germán Garavano.
"Queremos acompañar a quienes con esfuerzo pagan mes a mes la cuota de su auto. Nuestro compromiso es estar al lado de los argentinos, siempre", señaló el ministro de Justicia y Derechos Humanos, consultado por este medio.
En la IGJ contaron a LA NACION que las negociaciones con diferentes organizaciones de defensa al consumidor sobre los problemas que se venían generando con los planes de ahorro comenzaron a comienzos de año.
"Que el diferimiento se aplicará al universo de ahorristas y adjudicatarios que pudiesen haber visto afectada su capacidad de pago de las cuotas de sus planes a partir de los aumentos de precios de los bienes suscriptos", señalan los considerandos. Esta semana, algunas automotrices enviaron listas de precios con incrementos de más del 20% a las concesionarias.
Desde el martes, las terminales automotrices ya podrán ofrecer a los suscriptores de planes de ahorro y adjudicatarios que no registren una mora superior a tres cuotas a la fecha de la vigencia de la resolución, el diferimiento del pago de un porcentaje no inferior al 20% de las cuotapartes a emitir por las entidades administradoras. Sin embargo, hoy en la IGJ afirmaban que las terminales ofrecerían incluso porcentajes más altos (hasta del 40%).
"El diferimiento se aplicará como mínimo durante cinco meses desde la aceptación por parte del suscriptor", afirma el artículo primero de la resolución de la IGJ. Además, la norma estima que desde la vigencia de la misma y hasta el 20 de junio de 2020, las administradoras suspenderán el cobro de los intereses punitorios pactados contractualmente como sanción por los pagos realizados fuera de término. Se trata de un tema clave para el aumento de la morosidad.
El diferimiento deberá "preservar y garantizar" el cumplimiento del objeto de los planes de ahorro para fines determinados, y será aplicable a los planes que se hubieran agrupado hasta el 31 de agosto de 2019, dice el artículo tres de la norma a la que accedió LA NACION.
Los demás definen cuestiones administrativas. El cuarto indica que los talones de pago discriminarán el monto total de la cuotaparte y el que corresponda al porcentaje diferido, y que los suscriptores podrán "siempre" abonar la total al vencimiento de la cuota parte. También que las "cargas administrativas" serán calculadas sobre el monto efectivamente pagado.
"El recupero del diferimiento a otorgar, se realizará en las cuotas inmediatamente consecutivas a los meses del diferimiento y en un plazo no inferior a los doce meses", dice el artículo quinto, que agrega: "En caso de que el suscriptor adherido al presente diferimiento resulte adjudicado, el mismo deberá cancelar en su totalidad lo diferido pendiente de recupero hasta el momento, como requisito para la entrega de la unidad".
Por otro lado, el otorgamiento de esta posibilidad (el aplazamiento de las cuotas) será opcional para las administradoras con relación a los suscriptores que sean parte de procesos judiciales. En tanto, según el artículo ocho, el diferimiento se ofrecerá a los suscriptores cuyos planes tengan un plazo de duración igual o mayor a la sumatoria de los períodos de diferimiento y recupero a partir de la vigencia de la norma, que será desde el próximo martes.
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