El Gobierno pide la facultad de tomar deuda externa sin topes ni aprobación del Congreso en su ley ómnibus
La Ley Ómnibus elimina el artículo por el que se obliga al Ejecutivo a pedir autorización de ambas cámaras parlamentarias para el endeudamiento en moneda extranjera.
El proyecto de ley ómnibus, que el Gobierno presentó en el Congreso este miércoles, dispone la derogación de un artículo de la llamada “Ley Guzmán” que obliga al Ejecutivo a pedir permiso al Congreso para tomar deuda externa.
Se trata de la ley 27.161 que lleva el nombre de “Ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública” y fue sancionada por el Congreso en marzo de 2021. Apunta a limitar la capacidad de endeudamiento en moneda extranjera sin autorización parlamentaria previa.
Ahora, en el capítulo IV, titulado “Operaciones de Crédito Público”, el proyecto de ley Ómnibus deroga el artículo 1° de la ley 27.161 que establece la obligatoriedad de tener permiso de ambas cámaras parlamentarias para emitir bonos en dólares por encima de lo establecido en el presupuesto.
“La Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional de cada ejercicio deberá prever un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio”, reza el primer párrafo del artículo que el Ejecutivo quiere derogar.
Ese mismo artículo señala que “toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras que supere dicho porcentaje requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente”.
En caso de lograr la derogación de ese artículo de la “ley Guzmán”, el Poder Ejecutivo dejaría de necesitar autorización parlamentaria para tomar deuda en moneda extranjera por encima del límite que indica el Presupuesto.
El proyecto de Ley Ómnibus deja vigente el segundo artículo de la ley Guzmán que también pone límites al endeudamiento, pero con el Fondo Monetario Internacional (FMI) en particular.
De esta forma, en caso de que el gobierno de Javier Milei negociara un programa financiero nuevo con el organismo, tendría que buscar el aval del Parlamento para poder firmarlo.
Quien salió al cruce de la derogación del artículo 1° de la ley 27.161 propuesta por la Ley Ómnibus fue el exministro de Economía, Martín Guzmán, autor de la “Ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública”.
“¿No era que tomar deuda era inmoral? Si no querés aumentar la deuda, ¿por qué abrirías la puerta a que el endeudamiento público externo no tenga que pasar por el Congreso, y a que las reestructuraciones de deuda pública aumenten la deuda en lugar de reducirla, tal como con el Megancanje de Sturzenegger en el año 2001? ¿Sos consciente de que estás abriendo la puerta a nuevos saqueos históricos a los contribuyentes a partir de los manejos de deuda pública?”, escribió en su cuenta personal de la red social X (exTwitter).
El Gobierno quiere que el Fondo de Garantía de la ANSES pase al Tesoro nacional
Entre las diferentes medidas económicas, el proyecto de Ley Ómnibus del Gobierno dispone que todos los activos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad (FGS) de la ANSES pasen a manos del Tesoro nacional.
“Dispóngase la transferencia de los activos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad creado por el Decreto 897/07 al Tesoro nacional. Facúltase el Poder Ejecutivo nacional a adoptar todas las medidas necesarias para la instrumentación de lo previsto en el presente artículo”, reza el artículo 226.
El FGS de la ANSES puede ser utilizado, según establece la propia administración, “para pagar los beneficios del Sistema Integrado Previsional Argentino y para hacer frente a los compromisos asumidos en la Ley 27.260 de Reparación Histórica, invirtiendo en proyectos e instrumentos que promuevan el desarrollo de la economía argentina y del mercado de capitales local de largo plazo”.
En la ley ómnibus, además, el capítulo del proyecto denominado “Consolidación de la deuda del sector público nacional” establece la cancelación total de las deudas intra sector público. Su texto señala que se consolidarán en el Estado Nacional “las tenencias de títulos de la deuda pública” en manos de todos los organismos estatales y del ya mencionado FGS de la Anses.
Esa obligación abarca a toda la Administración Pública Nacional, las empresas y sociedades del Estado, así como los entes públicos y los fondos fiduciarios en los que el Estado Nacional tenga participación mayoritaria. Todos esos organismos deberán transferir los títulos públicos que tengan en su poder a una cuenta del Tesoro nacional. Los únicos exceptuados a esta regla serán el Banco Central, y los bancos y aseguradoras con participación estatal.
El proyecto prevé que una vez que esos títulos pasen a manos del Tesoro nacional sean “cancelados por confusión patrimonial”. Por lo tanto, dejarán de ser una deuda del Estado con una entidad pública y se consideran saldadas.
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