El Gobierno oficializa la extensión de la Asignación Universal por Hijo para embarazadas
El Poder Ejecutivo señaló que esta asignación se trata de una contribución mensual "no retributiva" que se abonará "a la mujer embarazada desde la décimo segunda semana de gestación hasta el nacimiento o interrupción del embarazo".
El Gobierno nacional oficializó el beneficio de la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social, que está destinado a todas las mujeres embarazadas desocupadas o que trabajen en la economía informal.
Lo hizo a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, en el cual se formalizó el anuncio que había sido hecho por la presidente Cristina Kirchner y se aclaró que estará vigente desde el 1 de mayo.
El Poder Ejecutivo señaló que esta asignación se trata de una contribución mensual "no retributiva" que se abonará "a la mujer embarazada desde la décimo segunda semana de gestación hasta el nacimiento o interrupción del embarazo".
El texto oficial aclaró que la percepción "no será incompatible con la Asignación Universal por Hijo para Protección Social que se percibe por cada menor de 18 años, o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado a cargo de la mujer embarazada".
Para acceder al beneficio, el decreto puntualizó que "la embarazada debe ser argentina nativa o por opción, naturalizada o residente, con residencia legal en el país no inferior a 3 años" y que acredite identidad mediante DNI, lo mismo que el "estado de embarazo", mediante la inscripción en el "Plan Nacer" del Ministerio de Salud.
Además, indicó que se le entregará a cada beneficiaria una cartilla de seguimiento en la que se explicitarán los "deberes y obligaciones" para el cuidado del bebé.
La madre recibirá el 80 por ciento de la Asignación por Embarazo en forma mensual, y una vez verificados los controles médicos, se le depositará el 20 por ciento restante.
También, el Poder Ejecutivo dispuso la presentación por parte del titular del beneficio de una declaración jurada relativa a la ampliación de los requisitos exigidos.
"De comprobarse la falsedad de alguno de estos datos, se producirá la pérdida del beneficio, sin perjuicio de las sanciones que correspondan", advirtió.
Lo hizo a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, en el cual se formalizó el anuncio que había sido hecho por la presidente Cristina Kirchner y se aclaró que estará vigente desde el 1 de mayo.
El Poder Ejecutivo señaló que esta asignación se trata de una contribución mensual "no retributiva" que se abonará "a la mujer embarazada desde la décimo segunda semana de gestación hasta el nacimiento o interrupción del embarazo".
El texto oficial aclaró que la percepción "no será incompatible con la Asignación Universal por Hijo para Protección Social que se percibe por cada menor de 18 años, o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado a cargo de la mujer embarazada".
Para acceder al beneficio, el decreto puntualizó que "la embarazada debe ser argentina nativa o por opción, naturalizada o residente, con residencia legal en el país no inferior a 3 años" y que acredite identidad mediante DNI, lo mismo que el "estado de embarazo", mediante la inscripción en el "Plan Nacer" del Ministerio de Salud.
Además, indicó que se le entregará a cada beneficiaria una cartilla de seguimiento en la que se explicitarán los "deberes y obligaciones" para el cuidado del bebé.
La madre recibirá el 80 por ciento de la Asignación por Embarazo en forma mensual, y una vez verificados los controles médicos, se le depositará el 20 por ciento restante.
También, el Poder Ejecutivo dispuso la presentación por parte del titular del beneficio de una declaración jurada relativa a la ampliación de los requisitos exigidos.
"De comprobarse la falsedad de alguno de estos datos, se producirá la pérdida del beneficio, sin perjuicio de las sanciones que correspondan", advirtió.