Sociedad
El Gobierno confirmó la prórroga por 30 días de los precios máximos para productos esenciales
El congelamiento de los valores continuará hasta el 20 de mayo y abarca a más de 2300 productos.
En medio de la cuarentena por coronavirus, el Gobierno Nacional prorrogó por 30 días los precios máximos de referencia que fijó para más de 2300 productos de consumo familiar.
La medida, publicada este sábado en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 117/2020, establece que el congelamiento en el valor de determinados alimentos y bienes de consumo considerados esenciales, regirá hasta el 20 de mayo.
La decisión, que controlan autoridades nacionales desde que entró en vigencia, el 19 de marzo, alcanza a “hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios minimercados minoristas y supermercados mayoristas”, según determina el texto que lleva la firma de la secretaria de Comercio Interior, Paula Irene Español.
La resolución adelantó además que el plazo podrá ser nuevamente prolongado “en atención a la evolución de la situación epidemiológica”.
La lista de valores máximos abarca productos como alcohol etílico, lavandina, pañales, papel higiénico, alimentos como fideos y arroz y agua mineral.
De acuerdo con la disposición, las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización deberán incrementar su producción al máximo de su capacidad para satisfacer la demanda y asegurar el acceso de todas y de todos los ciudadanos a los productos.
La medida, publicada este sábado en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 117/2020, establece que el congelamiento en el valor de determinados alimentos y bienes de consumo considerados esenciales, regirá hasta el 20 de mayo.
La decisión, que controlan autoridades nacionales desde que entró en vigencia, el 19 de marzo, alcanza a “hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios minimercados minoristas y supermercados mayoristas”, según determina el texto que lleva la firma de la secretaria de Comercio Interior, Paula Irene Español.
La resolución adelantó además que el plazo podrá ser nuevamente prolongado “en atención a la evolución de la situación epidemiológica”.
La lista de valores máximos abarca productos como alcohol etílico, lavandina, pañales, papel higiénico, alimentos como fideos y arroz y agua mineral.
De acuerdo con la disposición, las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización deberán incrementar su producción al máximo de su capacidad para satisfacer la demanda y asegurar el acceso de todas y de todos los ciudadanos a los productos.
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