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El acoso callejero ya es ley en la Ciudad: ¿cuánto saldrán las multas?

La Legislatura porteña aprobó penas para castigar a quienes cometan actos de acoso callejero en lugares públicos. Además prevé la formación de campañas de prevención.

El acoso sexual callejero ya es ley en la Ciudad de Buenos Aires y se conocieron las penas que tendrán los acosadores. ¿Cuáles serán?

Este tipo de hostigamiento será penado con hasta diez días de trabajo de utilidad pública y multas de hasta 1000 pesos, según señala la nueva ley aprobada por la Legislatura porteña. Además contempla la formación de campañas de promoción.

El texto, surgido por iniciativa del legislador Pablo Ferreyra y acompañada por el diputado Gabriel Fuks, tiene por objetivo "prevenir y sancionar el acoso sexual, producido en espacios públicos o de acceso público, en los que se hostigue, maltrate o intimide y que afecten en general la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de personas basados en su condición de género, identidad y orientación sexual".

La ley entiende como acoso sexual físico o verbal a "toda conducta unidireccional, física o verbal, producida por una o más personas en contra de personas, basado en su condición de género, identidad y orientación sexual que no desean o rechazan estas conductas por considerar que afecta sus derechos a la dignidad y a la integridad".

La contravención sancionará a quienes realicen los siguientes actos: comentarios sexuales directos, comentarios sexuales indirectos al cuerpo, fotografías y grabaciones no consentidas a partes íntimas, contacto físico indebido o no consentido, persecución y arrinconamiento, masturbación y exhibicionismo.