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Desprolijidades de la AFIP

*Por Máximo Bomchil. Según informan los diarios, la AFIP habría labrado numerosas actas en comercios que exhibían precios de cotización del dólar

tanto al precio del llamado mercado único y libre de cambios, que no es ni único ni libre, como a otros precios superiores conforme cotiza en el verdadero mercado libre, aunque ilegal. En el acta se menciona la exhibición de un cartel con la cotización del dólar lo que prima facie constituiría la infracción prevista en la ley 19.359.

El comerciante, desconocedor de las leyes, queda perplejo y el profesional del derecho, que casi siempre las conoce, también.

La exhibición de un cartel con el precio del dólar que el comerciante quiera ponerle y por el cual está dispuesto a recibir dólares a cambio de las mercaderías o servicios que ofrece, no constituye infracción ni violación a normal legal alguna, cambiaria o de cualquier otra naturaleza.
Más aún, el comerciante si lo desea puede exigir que el pago de su mercadería o servicios se efectúe exclusivamente en dólares u otra moneda extranjera y no tiene por qué aceptar moneda nacional. Así lo dispone expresamente el artículo 619 del Código Civil.

Lo que no puede hacer el comerciante sin violar el régimen penal cambiario es realizar una operación de cambio de moneda, es decir, comprar o vender moneda extranjera por moneda nacional. Es obvio que el comerciante que coloca un cartel en su negocio con el valor del dólar, lo que está haciendo es ofrecer su mercadería o sus servicios por un precio en moneda nacional e informando que está dispuesto también a recibir por esa mercadería o servicios dólares. Así lo entiende todo el mundo, salvo los inspectores de la AFIP.

Su actuación confunde, es desprolija e induce a engaño al comerciante en cuanto al cumplimiento de la ley. Lo que debiera hacer la AFIP es dedicarse a recaudar los impuestos nacionales a su cargo en forma franca, clara y transparente, sin confundir a nadie y sobre todo dentro de los límites de su competencia legal, que no tiene nada que hacer con la ley penal cambiaria.