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Desbaratamiento de derechos

Con la confiscación de YPF, el Estado ha cometido un delito cuyas sanciones serán morales, diplomáticas y económicas.

El Estado argentino ha concretado,y está en vías de concretar, el desbaratamiento de algunos derechos que él mismo otorgó. Tal es el caso de varias compañías privatizadas, por las que el Estado cobró un precio de venta para luego cambiar las reglamentaciones que les permitían
operar rentablemente. Y lo mismo ocurrió con los bonos de deuda indexables por inflación, cuyo ajuste luego se redujo a través de la intervención fraudulenta del Indec.

Si el Estado fuera un individuo podría ser condenado por cometer una de las formas del delito de estafa, regida por el artículo 173 inc. 11 del Código Penal. Pero, aunque el Estado no pueda ser el autor de ese delito, la acción típica es la que comete. Esa es la percepción que tienen otros países del accionar argentino, como se puede leer estos días en los diarios del mundo, a raíz de la confiscación de YPF; y es percibido de la misma manera por los inversores que evitan o encarecen el riesgo argentino. Sebastián Soler, uno de los maestros del derecho penal, previene que solamente puede desbaratar un derecho quien lo ha otorgado. Pues bien, aunque hayan sido otros gobiernos los que otorgaron los derechos en cuestión, fue el mismo Estado argentino el que vendió empresas estatales y bonos que fueron emitidos por Nestor Kirchner, por un precio entonces querido y cobrado, el que ahora, bajo otro gobierno, desbarata esos derechos accionarios o crediticios, reduciendo su valor.

En varios casos de empresas privatizadas, como las de provisión de agua potable y las distribuidoras y transportistas eléctricas y de gas, el Estado, en 2002, devaluó y pesificó sus tarifas para luego mantenerlas casi congeladas por diez años. Esas decisiones han pulverizado el valor de sus concesiones o licencias.

Algo distinto ocurrió con YPF, pues esta empresa siempre fue rentable. Pero el Estado argentino la confisca -ahora es incorrecto hablar de expropiación, pues no ha cumplido con ninguno de los requisitos que estipulan la Constitución Nacional, los tratados suscriptos y las leyes-, porque redujo su producción de hidrocarburos en contra de las expectativas del Gobierno. Sin embargo, el Estado no repara en que, al vender YPF, no hay nueva política sino solo un cambio de propiedad que afecta al 30 por ciento de la producción que, a la luz de los resultados, desalienta la inversión en lugar de incentivarla. Ese cambio culmina hoy en una confiscación disfrazada de expropiación.

Lo de reducir los pagos de los bonos de deuda pública ajustables por inflación, mediante la alteración de los parámetros utilizados por el Indec para proveer su base de ajuste es algo ya muy evidente como para requerir demasiadas explicaciones. Si hasta debemos recordar el orgullo patriótico que sintieron algunos funcionarios por reducir así esos créditos, que se desbarataron a la luz pública.

¿Y cuál es el beneficio del Estado? ¿Cómo se favorece el autor de este accionar típico? Pues es claro que se benefició al vender por buenos unos activos que luego depreció. También al exigir inversiones que después no pudieron recuperarse. Y se beneficia de nuevo en el caso en que los recompra a precios menores de los que debieron haber tenido.

Finalmente, también desde el punto de vista político, el Gobierno usufructúa con votos una transferencia brutal de ingresos a favor de los usuarios de las empresas privatizadas que pagan menos que lo que debieran por los servicios o productos recibidos.

¿Cómo es moralmente un Estado que describe en su Código Penal el desbaratamiento de derechos como un delito mientras que desbarata él, impune, los derechos que entregó? ¿Es este un Estado confiable? No nos engañemos. Las acciones delictivas son tales, aunque su autor no sea punible. Las perciben no solamente las víctimas, sino quienes se benefician.

Pues, paratodos, el delito se ha cometido. No habrá sanción penal, pero habrá de las morales, de las diplomáticas y de las económicas, que serán inevitables.