Deberá indemnizar a su hija por "abandono afectivo"
Un alto tribunal de Brasil condenó a un padre a indemnizar a su hija con 200.000 reales por los "daños morales" que le causó su abandono en la niñez.
Un alto tribunal de Brasil condenó por primera vez a un padre a indemnizar a su hija con
200.000 reales (unos 104.000 dólares) por los "daños morales" que le causó su abandono en la niñez, según un fallo divulgado este jueves.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) acusó al hombre de "abandono afectivo" y le ordenó compensar a la hija por los perjuicios que le ocasionó la ausencia paterna durante su niñez y
adolescencia, señaló el tribunal que omitió los nombres y edades de de los implicados.
La sentencia, que ratifica un fallo del 2008 de la justicia de San Pablo, sienta un precedente a nivel nacional y podría ser utilizado en reclamaciones futuras.
"Hasta ahora la ley reconocía el derecho de un hijo a recibir una pensión por alimentos y educación hasta cierta edad, pero no había reconocido el daño moral por abandono con derecho a indemnización", explicó bajo reserva una fuente de la corte a la AFP.
De esa forma, el STJ reconoció por primera vez que "los sentimientos y las emociones" que se desprenden del vínculo familiar también son pasibles de indemnización.
"Amar es una opción, cuidar es un deber", dijo la magistrada de la STJ, Nancy Andrighi.
La demandante, en la actualidad una profesional con familia e hijos, interpuso el recurso después de haber obtenido por vía judicial el reconocimiento de la paternidad.
En la sentencia, la justicia rechazó el argumento del padre según el cual "el distanciamiento de su hija se debió al comportamiento agresivo de la madre".
200.000 reales (unos 104.000 dólares) por los "daños morales" que le causó su abandono en la niñez, según un fallo divulgado este jueves.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) acusó al hombre de "abandono afectivo" y le ordenó compensar a la hija por los perjuicios que le ocasionó la ausencia paterna durante su niñez y
adolescencia, señaló el tribunal que omitió los nombres y edades de de los implicados.
La sentencia, que ratifica un fallo del 2008 de la justicia de San Pablo, sienta un precedente a nivel nacional y podría ser utilizado en reclamaciones futuras.
"Hasta ahora la ley reconocía el derecho de un hijo a recibir una pensión por alimentos y educación hasta cierta edad, pero no había reconocido el daño moral por abandono con derecho a indemnización", explicó bajo reserva una fuente de la corte a la AFP.
De esa forma, el STJ reconoció por primera vez que "los sentimientos y las emociones" que se desprenden del vínculo familiar también son pasibles de indemnización.
"Amar es una opción, cuidar es un deber", dijo la magistrada de la STJ, Nancy Andrighi.
La demandante, en la actualidad una profesional con familia e hijos, interpuso el recurso después de haber obtenido por vía judicial el reconocimiento de la paternidad.
En la sentencia, la justicia rechazó el argumento del padre según el cual "el distanciamiento de su hija se debió al comportamiento agresivo de la madre".