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Cuándo será el balotaje de CABA entre Jorge Macri y Leandro Santoro

Los porteños deberán acercarse a las urnas por tercera vez en el año para elegir su próximo Jefe de Gobierno. 


Este año se llevará a cabo un balotaje en la Ciudad de Buenos Aires para elegir al nuevo Jefe de Gobierno ya que ninguno de los candidatos alcanzó la mayoría absoluta necesaria para ganar en la primera vuelta del 22 de octubre. Escrutadas más del 96% de las mesas, Jorge Macri y Leandro Santoro se enfrentarán nuevamente para encabezar el Poder Ejecutivo porteño los próximos cuatro años.

Este domingo, el candidato de Juntos por el Cambio, Jorge Macri, obtuvo más del 49,5% de los votos y se impuso con claridad sobre los otros tres candidatos a jefe de gobierno porteño. Sin embargo, no le alcanzó para imponerse en primera vuelta.

Por su parte, Leandro Santoro se ubicó en el segundo puesto con más del 32% de los votos. De esa forma, el postulante de Unión por la Patria se ganó un lugar en el ballottage de la ciudad de Buenos Aires.

El candidato de La Libertad Avanza, Ramiro Marra, obtuvo el tercer puesto con el 13,9 por ciento de los votos. En tanto, el cuarto puesto fue para Vanina Biasi del Frente de Izquierda, con el 4 por ciento.

Cuándo es el balotaje en CABA

El Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la segunda vuelta se debe convocar si la elección general ninguna fórmula de jefe y vicejefe de gobierno obtiene la mayoría absoluta de los votos afirmativos emitidos, como ocurrió en esta ocasión. El ballottage se debe realizar dentro de los 30 días de efectuada la primera votación. Según el calendario electoral del distrito, esta será el domingo 19 de noviembre, (el mismo día en que lleva a cabo la segunda vuelta nacional para definir al próximo presidente).

¿Puedo votar en el balotaje si no lo hice en las elecciones generales?

Si una persona habilitada no votó en las elecciones generales y figura en el padrón electoral, tiene el derecho y la obligación de votar en la segunda vuelta del 19 de noviembre. Sin embargo, debe justificar su inasistencia a las internas ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.

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